Ir al contenido principal

Convenio de la construcción de Girona: tablas 2026, paga de vacaciones y el 7 % de fin de obra

Convenio colectivo de trabajo del sector de la construcción y las obras públicas de la provincia de Girona · Código de convenio 17000055011994

Conveni col·lectiu de treball del sector de la construcció i les obres públiques de la província de Girona

Si trabajas en una obra de la provincia de Girona, tu salario sale de las tablas que la Comisión Negociadora firmó el 17 de noviembre de 2025 y que el BOP de Girona publicó el 4 de diciembre de 2025. Un peón tiene reconocidos 22.709,67 € brutos al año y un oficial de 1ª, 28.214,84 €, aportación al plan de pensiones incluida. Debajo de esas cifras hay dos particularidades del sector que valen dinero cuando te vas o te echan: la paga de vacaciones es un importe fijo de tabla, idéntico al de cada paga extra, y existe una indemnización propia del 7 % al terminar la obra que se suma a lo que te corresponda por despido.

Qué convenio se te aplica ahora mismo

Textos en vigor
Texto articulado 01/06/2021 – 31/12/2026 · tablas salariales 2026 vigentes del 01/01/2026 al 31/12/2026
Situación
Vigente. Texto firmado el 28/04/2025 y publicado en el BOP de Girona de 13/06/2025; tablas 2026 publicadas en el BOP de 04/12/2025
Código de convenio
17000055011994
Ámbito territorial
Provincia de Girona

Léelo con calma

Durante años el convenio de Girona se renovaba de junio a mayo mediante prórrogas y revisiones anuales. El texto actual, firmado el 28 de abril de 2025 por la UEC, UGT y CCOO, fija una vigencia retroactiva desde el 1 de junio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2026 y, por primera vez, ordena que las tablas se apliquen por años naturales (art. 36). Por eso hubo unas tablas transitorias de siete meses (01/06/2025-31/12/2025) y las de 2026 van de enero a diciembre. Si nadie lo denuncia, se prorroga por años naturales; denunciado, sigue rigiendo hasta que lo sustituya otro (art. 2 y art. 86.3 ET). Por encima de él rige el VII Convenio General del Sector de la Construcción (BOE-A-2023-19903), vigente también hasta el 31/12/2026 y con ultraactividad pactada en su art. 7.2.

A quién se aplica

Todas las empresas y personas trabajadoras del sector de la construcción y obras públicas que desarrollan su actividad dentro de la provincia de Girona y están incluidas en el ámbito del Convenio General del Sector de la Construcción: personal de producción en obra (peones, ayudantes, oficiales, capataces, encargados, gruistas, conductores) y personal de administración de las mismas empresas. Lo negocian la Unió d'Empresaris de la Construcció de Girona (UEC), CCOO y UGT.

Tablas salariales 2026

Cifras transcritas literalmente del boletín oficial, sin redondeos. Busca tu grupo y tu nivel: la fila destacada es la categoría en la que está la mayor parte de la plantilla del sector.

Retribución anual 2026 — personal de producción (obra)

En vigor

Importes anuales brutos en euros, vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. El salario base se cobra por los 335 días naturales del año y el plus convenio por los 217 días de trabajo efectivo. La columna "Pagas de junio y Navidad" suma las dos pagas; fíjate en que cada paga vale exactamente lo mismo que la paga de vacaciones. Los pluses extrasalariales son distancia, transporte y herramientas. El total anual es la suma de las seis columnas, plan de pensiones incluido, tal como lo publica el boletín.

Retribución anual 2026 — personal de producción (obra). Importes en €/año. Fuente: BOP de Girona núm. 232, de 04/12/2025, edicte 10916 (pág. 8).
GrupoCategoríaSalario basePlus Convenio (217 días)Pagas de junio y NavidadPaga de vacacionesPluses extrasalarialesPlan de pensionesTotal €/año
VIEncargado de obra / Jefe de taller14.411,70 €6.323,38 €4.581,35 €2.290,68 €2.146,13 €599,04 €30.352,28 €
VIICapataz / Contramaestre / Gruista / Adornista / Entibador / Barrenero13.413,40 €5.917,94 €4.304,25 €2.152,12 €2.007,25 €559,80 €28.354,76 €
VIIIOficial de 1ª / Conductor-mecánicoLa más habitual13.358,75 €5.894,71 €4.284,90 €2.142,45 €1.976,87 €557,16 €28.214,84 €
IXOficial de 2ª / Conductor12.282,97 €5.455,74 €3.980,30 €1.990,15 €1.835,82 €514,44 €26.059,43 €
XAyudante de oficial / Vigilante / Almacenero / Guarda jurado / Auxiliar técnico de obra / Auxiliar administrativo de obra11.647,95 €5.196,31 €3.802,80 €1.901,40 €1.764,21 €489,36 €24.802,03 €
XIPeón especializado / Listero11.072,19 €4.948,51 €3.635,62 €1.817,81 €1.623,16 €465,84 €23.563,13 €
XIIPeón (manobra)La más habitual10.666,35 €4.784,52 €3.515,20 €1.757,60 €1.536,36 €449,64 €22.709,67 €
  • Oficial de 1ª / Conductor-mecánico: Albañil, encofrador, ferrallista y demás oficios cualificados de obra.
  • Peón (manobra): Categoría de entrada en obra. El boletín la llama "Manobra, peó" (peón manobre).

El boletín publica también cuatro filas de aprendices (nivel XIII) que no reproducimos: para el aprendiz de 16-17 años de primer año la tabla III arrastra una paga de vacaciones de 1.134,00 € que no coincide con los 1.213,73 € de la tabla IV del mismo boletín. Los nombres de categoría de cada nivel salen de la tabla I de niveles retribuidores.

Fuente: BOP de Girona núm. 232, de 04/12/2025, edicte 10916 (pág. 8) — Anexo III, tabla III-B, Acta de la Comisión Negociadora de 17/11/2025 (BOP de Girona)

Retribución anual 2026 — personal de administración

En vigor

Importes anuales brutos en euros para el personal técnico y administrativo retribuido por meses, vigentes desde el 1 de enero de 2026. El salario base y el plus convenio se cuentan por 11 meses porque el mes de vacaciones se paga con la paga de vacaciones de la tabla IV. Los pluses extrasalariales son distancia, transporte y ropa. El total es la suma de las seis columnas, tal como lo publica el boletín.

Retribución anual 2026 — personal de administración. Importes en €/año. Fuente: BOP de Girona núm. 232, de 04/12/2025, edicte 10916 (pág. 8).
GrupoCategoríaSalario basePlus Convenio (11 meses)Pagas de junio y NavidadPaga de vacacionesPluses extrasalarialesPlan de pensionesTotal €/año
IDirector / Gerente / Delegado / Jefe de servicio19.861,47 €8.812,70 €6.235,98 €3.117,99 €3.691,48 €825,12 €42.544,74 €
IIPersonal titulado superior18.270,42 €8.373,96 €5.962,29 €2.981,15 €3.507,37 €772,20 €39.867,39 €
IIIPersonal titulado medio / Jefe administrativo de 1ª / Jefe de organización de 1ª / Inspector administrativo16.155,77 €7.410,39 €5.215,54 €2.607,77 €3.120,79 €681,24 €35.191,50 €
IVJefe de personal / Ayudante de obra / Encargado general13.432,28 €6.287,64 €4.532,77 €2.266,38 €2.604,93 €575,40 €29.699,40 €
VJefe administrativo de 2ª / Delineante superior / Jefe de organización de 2ª13.028,15 €6.115,06 €4.419,84 €2.209,92 €2.530,11 €559,20 €28.862,29 €
VIOficial administrativo de 1ª / Técnico de organización de 1ª / Delineante de 1ª11.827,20 €5.589,64 €4.053,70 €2.026,85 €2.304,28 €509,76 €26.311,43 €
VII-VIIIOficial administrativo de 2ª / Delineante de 2ª / Técnico de organización de 2ª / Topógrafo de 2ª / Analista de 1ª11.003,59 €5.151,60 €3.724,04 €1.862,02 €2.114,75 €471,84 €24.327,84 €
IX-XAuxiliar administrativo / Ayudante de topógrafo / Conserje / Calcador / Cobrador / Enfermero / Ordenanza / Portero / TelefonistaLa más habitual10.044,33 €4.208,93 €3.451,42 €1.725,71 €1.957,23 €421,80 €21.809,42 €
XIIIAspirante administrativo8.348,23 €3.024,31 €2.427,46 €1.213,73 €1.878,69 €294,60 €17.187,02 €

Fuente: BOP de Girona núm. 232, de 04/12/2025, edicte 10916 (pág. 8) — Anexo III, tabla III-A, Acta de la Comisión Negociadora de 17/11/2025 (BOP de Girona)

Retribución diaria 2026 — personal de producción (obra)

En vigor

Importes en euros vigentes desde el 1 de enero de 2026. El salario base se devenga por día natural (también sábados, domingos y festivos); el plus convenio, la distancia, el transporte y las herramientas solo por día efectivamente trabajado. El plus de sábados se cobra únicamente si la empresa y la plantilla han pactado repartir la jornada con cuatro horas en sábado (art. 16). El total es el "importe bruto por día trabajado sin gratificaciones" que el boletín publica en su tabla V: no incluye las pagas de junio y Navidad ni la paga de vacaciones.

Retribución diaria 2026 — personal de producción (obra). Importes en €/día. Fuente: BOP de Girona núm. 232, de 04/12/2025, edicte 10916 (págs. 8-9).
GrupoCategoríaSalario basePlus Convenio (día trabajado)Plus sábados (día trabajado)Plus distanciaPlus transportePlus herramientasTotal €/día
VIEncargado de obra43,02 €29,14 €21,85 €7,65 €1,59 €0,65 €105,54 €
VIICapataz40,04 €27,27 €20,45 €7,01 €1,59 €0,65 €98,42 €
VIIIOficial de 1ªLa más habitual39,88 €27,16 €20,39 €6,87 €1,59 €0,65 €97,92 €
IXOficial de 2ª36,67 €25,14 €18,87 €6,22 €1,59 €0,65 €90,28 €
XAyudante de oficial34,77 €23,95 €17,95 €5,89 €1,59 €0,65 €85,83 €
XIPeón especializado33,05 €22,80 €17,16 €5,89 €1,59 €81,38 €
XIIPeón (manobra)La más habitual31,84 €22,05 €16,48 €5,49 €1,59 €78,35 €

El peón y el peón especializado no tienen plus de herramientas en la tabla. Por hora, la tabla V da 9,79 € al peón, 10,17 € al peón especializado, 10,73 € al ayudante, 11,29 € al oficial de 2ª, 12,24 € al oficial de 1ª, 12,30 € al capataz y 13,19 € al encargado, siempre sin gratificaciones.

Fuente: BOP de Girona núm. 232, de 04/12/2025, edicte 10916 (págs. 8-9) — Anexo III, tablas II-B y V, Acta de la Comisión Negociadora de 17/11/2025 (BOP de Girona)

Retribución mensual 2026 — personal de administración

En vigor

Importes mensuales en euros para el personal técnico y administrativo retribuido por meses, vigentes desde el 1 de enero de 2026. El boletín publica las cinco columnas por separado y no una columna de total: el "Total €/mes" que ves aquí es la suma de las cinco (salario base + plus convenio + distancia + transporte + ropa), calculada por nosotros. A eso hay que añadir las dos pagas extras y la paga de vacaciones de la tabla anual. El plus de ropa lo cobra todo el personal de retribución mensual (art. 19).

Retribución mensual 2026 — personal de administración. Importes en €/mes. Fuente: BOP de Girona núm. 232, de 04/12/2025, edicte 10916 (pág. 7).
GrupoCategoríaSalario basePlus ConvenioPlus distanciaPlus transportePlus ropaTotal €/mes
IDirector / Gerente1.805,59 €801,15 €278,07 €31,99 €25,53 €2.942,33 €
IIPersonal titulado superior1.660,95 €761,27 €261,33 €31,99 €25,53 €2.741,07 €
IIIPersonal titulado medio1.468,71 €673,67 €226,19 €31,99 €25,53 €2.426,09 €
IVJefe de personal1.221,12 €571,60 €179,29 €31,99 €25,53 €2.029,53 €
VJefe administrativo de 2ª1.184,38 €555,91 €172,49 €31,99 €25,53 €1.970,30 €
VIOficial administrativo de 1ª1.075,20 €508,15 €151,96 €31,99 €25,53 €1.792,83 €
VII-VIIIOficial administrativo de 2ª1.000,33 €468,33 €134,73 €31,99 €25,53 €1.660,91 €
IX-XAuxiliar administrativoLa más habitual913,12 €382,63 €120,41 €31,99 €25,53 €1.473,68 €
XIIIAspirante administrativo758,93 €274,94 €113,27 €31,99 €25,53 €1.204,66 €

Fuente: BOP de Girona núm. 232, de 04/12/2025, edicte 10916 (pág. 7) — Anexo III, tabla II-A, Acta de la Comisión Negociadora de 17/11/2025 (BOP de Girona)

Por qué aquí no hay tablas de años futuros

No hay tablas salariales de 2027 publicadas y no debe estimarse ninguna: el convenio provincial y el VII Convenio General expiran ambos el 31 de diciembre de 2026 y las cifras de 2027 dependen de la negociación posterior. Tampoco publicamos las cuatro filas de aprendices de las tablas 2026, porque la tabla III del boletín arrastra para el aprendiz de 16-17 años de primer año una paga de vacaciones de 1.134,00 € que no coincide con los 1.213,73 € de la tabla IV del mismo boletín, ni importes de antigüedad consolidada, porque el art. 21 remite al acuerdo sectorial de 1996 sin tabla provincial. Las dos fiestas locales de 2026 dependen de cada municipio.

Comparativa con el año anterior

Guarda esta tabla si quieres comprobar que te aplicaron bien la subida o reclamar atrasos.

Retribución anual 2025 (01/06/2025 – 31/12/2025) — personal de producción

Año anterior

Tablas transitorias de siete meses, aprobadas en la misma acta de 17/11/2025 con efectos retroactivos desde el 1 de junio de 2025. Salen de las tablas 2024-2025 actualizadas un 0,4 % por la cláusula de garantía y después un 3,5 %. Sirven para comprobar que la subida del 3 % de 2026 te la aplicaron bien y para reclamar atrasos de junio a diciembre de 2025 si tu empresa siguió pagando con las tablas antiguas.

Retribución anual 2025 (01/06/2025 – 31/12/2025) — personal de producción. Importes en €/año. Fuente: BOP de Girona núm. 232, de 04/12/2025, edicte 10916 (pág. 4).
GrupoCategoríaSalario basePlus Convenio (217 días)Pagas de junio y NavidadPaga de vacacionesPluses extrasalarialesPlan de pensionesTotal €/año
VIEncargado de obra / Jefe de taller13.994,10 €6.137,96 €4.447,91 €2.223,96 €2.083,20 €532,08 €29.419,21 €
VIICapataz / Contramaestre / Gruista13.021,45 €5.745,57 €4.178,88 €2.089,44 €1.948,66 €496,80 €27.480,81 €
VIIIOficial de 1ª / Conductor-mecánicoLa más habitual12.969,66 €5.723,02 €4.160,10 €2.080,05 €1.918,28 €494,88 €27.345,99 €
IXOficial de 2ª / Conductor11.925,22 €5.296,84 €3.864,36 €1.932,18 €1.781,57 €456,84 €25.257,01 €
XAyudante de oficial / Vigilante / Almacenero / Guarda jurado11.310,76 €5.044,96 €3.728,04 €1.864,02 €1.712,13 €434,52 €24.094,43 €
XIPeón especializado / Listero10.749,70 €4.804,38 €3.529,72 €1.764,86 €1.575,42 €413,76 €22.837,84 €
XIIPeón (manobra)La más habitual10.355,68 €4.645,16 €3.412,82 €1.706,41 €1.490,79 €399,36 €22.010,23 €

Fuente: BOP de Girona núm. 232, de 04/12/2025, edicte 10916 (pág. 4) — Anexo I, tabla III-B, Acta de la Comisión Negociadora de 17/11/2025 (BOP de Girona)

¿Cuánto vale tu hora?

Peón (nivel XII): 22.709,67 € de retribución bruta anual de tabla ÷ 1.736 horas de jornada anual = 13,08 €/hora, que es la columna "Total hora bruta" de la tabla III-B de las tablas 2026.

Jornada anual

1.736 h

Hora ordinaria

13,08 €

Hora extraordinaria

14,65 €

Recargo de la hora extra: Las horas extraordinarias de lunes a viernes se pagan al precio de hora ordinaria pactado en la tabla VI, sin recargo: 12,21 € el peón y 15,19 € el oficial de 1ª. Las de sábado, domingo, festivo o nocturnas llevan un 20 % más: 14,65 € y 18,22 € respectivamente.

La hora bruta reparte todo el paquete anual de tabla, pluses extrasalariales y plan de pensiones incluidos, entre las 1.736 horas: 13,08 € el peón y 16,25 € el oficial de 1ª. El precio de la hora extra, en cambio, es un importe pactado en la tabla VI (art. 13) y queda por debajo. Cada nivel tiene su propio precio: consulta la tabla de horas extraordinarias más abajo. El máximo legal es de 80 horas extra al año y son voluntarias salvo fuerza mayor.

De tu nómina de convenio a tu indemnización

Si te despiden, ¿cuánto te corresponde?

Las tablas salariales dicen lo que cobras al mes. Nadie te explica el paso siguiente, que es el que importa cuando te echan. Aquí está la cadena completa, con la categoría mayoritaria del sector y 8 años de antigüedad como ejemplo.

  1. Lo que dice tu tabla salarial

    2.140,07 € al mes

    Oficial de 1ª (nivel VIII: albañil, encofrador, ferrallista)

    Es el total mensual de convenio de la categoría, sin antigüedad ni pluses. Si tú cobras más, sustituye esta cifra por la tuya.

  2. Salario bruto anual

    2.140,07 € × 12 pagas

    25.680,84 €

    Este convenio publica la retribución en cómputo anual, con las pagas extraordinarias y la paga de vacaciones ya sumadas: el importe mensual de arriba es esa cifra anual dividida entre 12. Si en tu nómina cobras menos al mes, es porque las pagas te llegan aparte, no porque el anual sea otro.

  3. Salario regulador diario

    25.680,84 € ÷ 365 días

    70,36 € al día

    La indemnización se calcula por días de salario, no por meses. Se divide entre 365 (días naturales), no entre los días trabajados.

  4. Indemnización por despido improcedente, 8 años de antigüedad

    70,36 € × 33 días × 8 años = 70,36 € × 264 días

    18.575,04 €

    Son 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Los períodos inferiores al año se prorratean por meses.

Compáralo con un despido objetivo

Si la empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, la indemnización baja a 20 días por año: 70,36 € × 160 días = 11.257,60 €. La diferencia con el despido improcedente en este ejemplo es de 7.317,44 €. Por eso merece la pena revisar si la causa que te han puesto en la carta se sostiene.

Sí cuenta para tu indemnización

  • Salario base de tabla
  • Plus convenio
  • Paga de junio (importe fijo de tabla)
  • Paga de Navidad (importe fijo de tabla)
  • Paga de vacaciones (importe fijo de tabla)
  • Antigüedad consolidada, si la tienes reconocida
  • Plus de nocturnidad (25 %), plus de penosidad (20 %) y plus de sábados, si los cobras de forma habitual
  • Aportación de la empresa al plan de pensiones: el convenio la califica de salario en especie (art. 22), así que hay base para reclamarla; discútelo con tu abogado
  • Cualquier complemento salarial pactado por encima de convenio

No cuenta

  • Plus de distancia y plus de transporte: el art. 10 los declara de carácter compensatorio y no salarial
  • Plus de desgaste de herramientas y plus de ropa
  • Dietas (75,00 €) y media dieta (15,00 €)
  • Kilometraje (0,28 €/km) y gastos de locomoción
  • La propia indemnización del 7 % por fin de obra, que se calcula aparte y con otra base

Son compensación de gastos, no retribución de tu trabajo. Si la empresa los mete en el cálculo a tu favor, mejor; si los usa para inflar el salario y luego descontarte, revísalo.

Lo específico de este sector

La construcción tiene dos cálculos que van por separado. Primero, la indemnización por despido del Estatuto de los Trabajadores (33 días por año si es improcedente, 20 si es objetivo procedente), que se calcula sobre tu salario real con los conceptos salariales. Y segundo, la indemnización sectorial del 7 % por fin de obra de los arts. 34 y 35 del convenio de Girona, que se calcula sobre los conceptos de las tablas devengados durante toda la vigencia del contrato: salario base, plus convenio, pagas y paga de vacaciones. No es tu salario real y no es la misma base. En el ejemplo, los 2.140,07 €/mes salen de dividir entre 12 los 25.680,81 € de conceptos salariales de tabla del oficial de 1ª en 2026, es decir, el total anual de 28.214,84 € menos los pluses extrasalariales (1.976,87 €) y la aportación al plan de pensiones (557,16 €). Si el plan de pensiones se computa como salario en especie, la base sube a 26.237,97 €.

Ejemplo orientativo calculado con las cifras de tabla, sin antigüedad ni pluses y sin prorrateo de meses sueltos. El salario diario se redondea a céntimos antes de multiplicar, así que puedes rehacer cada paso con una calculadora y te saldrá lo mismo. Tu caso real depende de tu nómina de los últimos meses, de tu antigüedad completa y del tipo de despido.

Tienes 20 días hábiles desde el despido para reclamar. Pasado el plazo, pierdes el derecho.

Jornada, pagas, vacaciones y preaviso: lo que dice tu convenio

Cada dato lleva el artículo del convenio y el boletín en el que se publicó, para que puedas citarlo si tienes que discutirlo con tu empresa.

Condiciones laborales principales del Convenio colectivo de trabajo del sector de la construcción y las obras públicas de la provincia de Girona
ConceptoQué dice tu convenio
Jornada anual 2026Art. 16 provincial · art. 71 VII CGSC · Calendario laboral 2026 (BOP 16/10/2025) · Acuerdo paritaria 18/06/20251.736 horas · 40 horas semanales de lunes a viernesEl calendario de 2026 deja 8 horas pendientes de libre disposición, dos fiestas locales por fijar en cada municipio y 30 días naturales (21 laborables) de vacaciones. Entre noviembre, enero y febrero la jornada diaria puede reducirse una hora, recuperable según se pacte. En julio y agosto la Comisión Paritaria recomienda jornada intensiva de mañana por el calor.
Indemnización por fin de obraArts. 34.5 y 35 provincial · arts. 24.1.a) y 25.5 VII CGSC · art. 15 provincial7 % sobre los conceptos salariales de tablaSe cobra al extinguirse el contrato indefinido adscrito a obra por causas inherentes a la persona trabajadora y al terminar un contrato por circunstancias de la producción. Se calcula sobre lo devengado en conceptos de tabla durante toda la vigencia del contrato, no sobre tu salario real. Su prorrateo en nómina está prohibido.
Pagas extraordinariasArts. 14 y 15 provincial · arts. 60 y 61 VII CGSCDos, de importe fijo de tablaJunio (antes del día 30) y Navidad (antes del día 20). Cada nivel tiene su importe en la tabla IV: 1.757,60 € el peón y 2.142,45 € el oficial de 1ª en 2026, por paga. Se devengan por días naturales en semestres (1 de enero a 30 de junio y 1 de julio a 31 de diciembre), no se devengan durante las suspensiones del contrato y su prorrateo está prohibido.
VacacionesArt. 17 provincial · art. 76 VII CGSC · Calendario laboral 202630 días naturales, de los que 21 deben ser laborablesSe disfrutan dentro del año natural; quien se incorpore en el segundo semestre puede acumularlas en los ocho primeros meses del año siguiente. El calendario de vacaciones debe entregarse con dos meses de antelación. Se retribuyen con la cantidad fija de la tabla IV, la misma que cada paga extra, no con el salario real del mes.
Incremento salarial 2026Acta de 17/11/2025 (BOP 04/12/2025), puntos 1 a 5 · art. 55 VII CGSC+3,00 % sobre las tablas de 2025Acordado por la Comisión Negociadora el 17/11/2025 en el marco del art. 55 del VII CGSC. Las tablas de 2025 (01/06-31/12/2025) salieron de las de 2024 actualizadas un 0,4 % por la cláusula de garantía y después un 3,5 %. La cuota al plan de pensiones sube aparte: 0,5 % en 2025 y 0,25 % en 2026 sobre los conceptos salariales. En Girona los pluses de distancia, transporte y herramientas también se han actualizado.
Preaviso de baja voluntariaArt. 23 provincialPersonal obrero 1 semana · empleados 1 mes · técnicos titulados 3 mesesSi no preavisas, la empresa puede descontarte de la liquidación la remuneración de los días de preaviso omitidos. Fíjate en que los técnicos titulados tienen tres meses, uno más que en el convenio de Barcelona.
Horas extraordinariasArt. 13 provincial · arts. 66 a 68 VII CGSC · art. 35 ETDe lunes a viernes a precio de hora ordinaria · sábados, domingos, festivos y nocturnas +20 %La tabla VI de las tablas 2026 fija el precio por nivel: 12,21 € y 14,65 € el peón, 15,19 € y 18,22 € el oficial de 1ª. Si se compensan con descanso, las de sábado, domingo, festivo o nocturnas se compensan a razón de 1,20 horas por hora trabajada. Son voluntarias salvo fuerza mayor, requieren petición escrita de la empresa y el máximo legal es de 80 al año.
Días de asuntos propiosArt. 5 provincial · Calendario laboral 2026 (BOP 16/10/2025)No existen como tales · 8 horas de libre disposición en 2026El convenio no regula días de asuntos propios. Lo que da es esto: las fiestas oficiales de Cataluña, dos fiestas locales, la Festa Patronal del sector (13 de junio, en 2026 sábado), el 24 y el 31 de diciembre como festivos de convenio, ocho días de ajuste de jornada en 2026 y 8 horas sueltas de libre disposición para cuadrar las 1.736 horas.
Período de pruebaArt. 21 VII CGSC · art. 3 provincial (derecho supletorio)Operarios 15 días naturales · encargados y capataces 1 mes · técnicos titulados 6 mesesEl convenio provincial no lo regula, así que se aplica el art. 21 del VII CGSC: empleados de los niveles III, IV y V, 3 meses; niveles VI a X, 2 meses; resto, 15 días naturales. Quien tenga la Tarjeta Profesional de la Construcción con el período de prueba ya acreditado en otra empresa queda exento para los trabajos de su categoría.
Dietas y kilometrajeArt. 27 provincial · capítulo X VII CGSC75,00 € la dieta completa · 15,00 € la media dieta · 0,28 €/kmImportes fijados hasta el 31/12/2026. La media dieta se cobra con o sin justificante. El kilometraje exige autorización escrita de la empresa para usar el coche propio. El personal desplazado dedica sin sueldo 45 minutos de ida y 45 de vuelta; el tiempo que exceda se paga como trabajo efectivo, y quien conduce el vehículo de la empresa cobra todo el viaje.
Nocturnidad y trabajos penososArts. 11 y 12 provincialNocturnidad 25 % del salario base · penosos, tóxicos o peligrosos +20 %Nocturno es el trabajo entre las 22:00 y las 06:00: si son menos de cuatro horas se paga solo el tiempo nocturno, si son más se paga toda la jornada. El plus por trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos es del 20 % del salario base, o del 10 % si ocupan media jornada o menos, y no es consolidable.
Complemento por incapacidad temporalArt. 18 provincial25 % de la base de cotizaciónPor enfermedad común, desde el día 31 de baja y durante un máximo de 8 meses. Por accidente de trabajo (no in itinere), desde el primer día y hasta 9 meses. Si hay hospitalización de más de tres días, desde el primer día de ingreso. Se deja de cobrar si causas baja en la empresa.
Aportación al plan de pensiones 2026Art. 22 provincial · arts. 56 a 58 VII CGSC · Acta de 17/11/2025, punto 6Peón 37,47 €/mes · oficial de 1ª 46,43 €/mes · encargado 49,92 €/mesCuota mensual de la empresa al plan de pensiones sectorial (Anexo IV de las tablas 2026). El convenio ordena que figure en la nómina como salario en especie, en concepto diferenciado. Desde el 1 de enero de 2026 desaparece la excepción que permitía no aportar por quienes cobraban por encima de tabla: es obligatoria para toda la plantilla.
Permisos retribuidos más consultadosArt. 9 provincial · art. 77 VII CGSC15 días por matrimonio · 5 laborables por fallecimiento u hospitalización · 8 horas al año de médicoCinco días laborables por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar de primer grado y cinco por hospitalización, accidente o enfermedad grave hasta el segundo grado; dos días naturales por nacimiento; un día por traslado; ocho horas anuales para médico de cabecera o especialista; hasta cuatro días al año retribuidos por infortunio familiar grave. Con desplazamiento, dos días naturales más.

Un convenio firmado en 2025 con tablas por años naturales: qué ha cambiado

Hasta 2025 el convenio de Girona funcionaba de junio a mayo: cada año o cada dos se publicaba una prórroga con revisión salarial y unas tablas que iban del 1 de junio al 31 de mayo. El texto que rige ahora se firmó el 28 de abril de 2025 entre la Unió d'Empresaris de la Construcció (UEC), UGT y CCOO, y se publicó en el BOP de Girona del 13 de junio de 2025 con una vigencia retroactiva del 1 de junio de 2021 al 31 de diciembre de 2026.

El cambio práctico está en el art. 36: las tablas pasan a aplicarse por años naturales, de enero a diciembre, como en el resto de provincias. Para encajar el calendario, la Comisión Negociadora aprobó el 17 de noviembre de 2025 unas tablas transitorias de siete meses (1 de junio a 31 de diciembre de 2025) y, en la misma acta, las tablas de 2026 completas. Si en tu nómina de junio a diciembre de 2025 te siguieron pagando con las tablas antiguas, tienes atrasos que reclamar.

Por encima del provincial rige el VII Convenio General del Sector de la Construcción (BOE de 23/09/2023). El reparto es el habitual del sector: el estatal fija las modalidades de contratación, la indemnización por cese, la jornada anual máxima, los días de vacaciones, el número de pagas, el período de prueba y los incrementos; el provincial fija las cuantías (tablas, importes de pagas y vacaciones, precio de la hora extra, dietas), el calendario laboral, el preaviso de baja voluntaria y mejoras como el complemento de incapacidad temporal o el seguro de accidentes. En todo lo que el provincial no regula, se aplica el general (art. 3).

El conflicto más frecuente del sector

La indemnización del 7 % por fin de obra

La construcción tiene una indemnización propia que no existe en otros sectores: el 7 %. Sigue siendo el 7 % después de la reforma laboral de 2021 y del VII Convenio General, y el convenio de Girona lo reproduce en sus arts. 34 y 35. No la sustituye ni la absorbe la indemnización por despido: es adicional.

El detalle que casi todo el mundo pasa por alto es cómo se calcula. El art. 34.5 del convenio de Girona, igual que el art. 25.5 del VII CGSC, la calcula "sobre los conceptos salariales establecidos en las tablas del convenio colectivo que resulte de aplicación y que se hayan devengado durante toda la vigencia del contrato". Conceptos de tabla, no salario real. En Girona esos conceptos salariales son el salario base, el plus convenio, las dos pagas extras y la paga de vacaciones; el plus de distancia, el de transporte y el de herramientas quedan fuera porque el art. 10 los declara expresamente no salariales.

Consecuencia práctica: si cobras por encima de convenio, tu 7 % no sube con tu salario real. Y a la inversa, si te lo han calculado solo sobre el salario base, se han dejado fuera el plus convenio, las dos pagas y la paga de vacaciones, que en un peón suponen 10.057,32 € de los 20.723,67 € salariales de la tabla de 2026, es decir, casi la mitad de la base. El art. 15 prohíbe además prorratear esta indemnización en la nómina mensual: si aparece prorrateada, se considera salario ordinario y sigue debiéndose entera al final.

Indemnizaciones sectoriales por finalización de contrato en construcción (VII CGSC y convenio provincial de Girona)
SupuestoIndemnizaciónArtículoBase de cálculo
Contrato indefinido adscrito a obra, extinguido por motivos inherentes a la persona trabajadora (rechazo de recolocación, cualificación inadecuada, inexistencia de obras en la provincia)7 %Art. 34.5 provincial · art. 25.5 VII CGSCConceptos salariales de las tablas devengados durante toda la vigencia del contrato
Contrato temporal por circunstancias de la producción, al expirar el tiempo convenido (duración máxima de 12 meses)7 %Art. 35 provincial · art. 24.1.a) VII CGSCConceptos salariales de las tablas devengados durante la vigencia del contrato, respetando el mínimo del art. 49.1.c) ET
Contrato de puesta a disposición (ETT) de duración determinada7 % proporcionalArt. 24.2.e) VII CGSCTodos los conceptos salariales de las tablas, respetando el art. 11.2 de la Ley 14/1994
Contrato de formación en alternancia, al finalizar4,5 %Art. 24.3.n) VII CGSCConceptos salariales de las tablas devengados, calculados sobre el 60 % o el 75 % que cobra la persona en formación
Fijo-discontinuo: fin de llamamiento coincidente con la terminación de la actividad sin nuevo llamamiento5,5 %Art. 26.5 VII CGSCConceptos salariales de las tablas devengados en el último período de actividad
Fijo-discontinuo: dimisión durante la inactividad dentro de los 25 meses, o extinción de mutuo acuerdo desde el mes 251,5 %Art. 26.5 VII CGSCConceptos salariales de las tablas devengados en el último período de actividad

Contratos de obra encadenados: cuándo el fin de obra es en realidad un despido

El patrón es conocido en el sector: entras "por obra", la obra termina, te liquidan con el 7 % y a las dos semanas te vuelven a dar de alta en otra obra de la misma empresa. Repetido varias veces, ese encadenamiento puede constituir un fraude de ley, y la consecuencia es que la relación se considera indefinida desde el primer contrato.

Si la relación es indefinida, la extinción por "fin de obra" deja de ser una terminación válida y pasa a ser un despido. Un despido sin causa válida es improcedente, y la indemnización sube del 7 % a 33 días de salario por año trabajado, calculados sobre toda tu antigüedad real, no sobre la del último contrato. El propio convenio de Girona te da una pista sobre la antigüedad: el art. 31 obliga a prorrogar el contrato de un delegado de personal si "por necesidades de la obra" se prorrogan otros de la misma categoría, lo que da por hecho que las prórrogas por obra existen y se documentan.

Señales que conviene revisar con un abogado: contratos sucesivos con la misma empresa separados por pocos días, un contrato temporal por circunstancias de la producción que supera los 12 meses (máximo del art. 35), seguir trabajando después de la fecha de fin sin novación por escrito, una extinción de un indefinido adscrito a obra sin propuesta de recolocación por escrito, o alegar "inexistencia de obras en la provincia" cuando la empresa tiene obras abiertas en Girona. El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles, y es un plazo de caducidad: pasado, no hay reclamación posible.

La paga de vacaciones es un importe fijo de tabla, no tu salario del mes

Esta es la otra particularidad del sector. En casi todos los convenios las vacaciones se pagan como un mes normal de trabajo. En construcción no: el art. 17 del convenio de Girona remite "al importe y la cuantía" de las tablas, y el art. 76.8 del VII CGSC lo confirma. La retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla IV, que funciona como una tercera paga tabulada.

Compruébalo en la tabla IV de 2026: el peón tiene 1.757,60 € en la paga de vacaciones, exactamente la misma cifra que en la paga de junio y en la de Navidad. El oficial de 1ª tiene 2.142,45 € en las tres, el encargado de obra 2.290,68 € y el auxiliar administrativo 1.725,71 €. Por eso en la tabla anual del personal de administración el salario base y el plus convenio se cuentan por 11 meses: el mes de vacaciones se paga con esta paga.

Las vacaciones se disfrutan dentro del año natural, salvo que te incorpores en el segundo semestre, en cuyo caso puedes acumularlas en los ocho primeros meses del año siguiente. El calendario de vacaciones debe entregarse con dos meses de antelación y, si no hay acuerdo, decide la Comisión Paritaria. Al cesar se abona la parte devengada y no disfrutada como concepto de la liquidación (art. 76.3 VII CGSC), y su prorrateo mensual está prohibido.

Precio de la hora extraordinaria 2026

El art. 13 del convenio de Girona pacta el precio de la hora extraordinaria para cada nivel, como le encarga el art. 68 del VII CGSC, y lo publica en la tabla VI de las tablas 2026. Las horas extraordinarias de lunes a viernes se pagan a precio de hora ordinaria, sin recargo. Las realizadas en sábado, domingo, festivo o en horario nocturno (22:00-06:00) se pagan con un 20 % más.

Si en lugar de pagarlas se compensan con descanso, las de lunes a viernes se compensan hora por hora y las de sábado, domingo, festivo o nocturnas a razón de 1,20 horas de descanso por cada hora trabajada. Son voluntarias salvo fuerza mayor, requieren petición escrita de la empresa y aceptación expresa, y el máximo legal es de 80 al año; las compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes no computan a ese límite (art. 68.3 VII CGSC).

Tabla VI de las tablas 2026 — importes brutos por hora extraordinaria en euros
Nivel · categoríaDe lunes a viernes (€/h)Sábados, domingos, festivos y nocturnas, +20 % (€/h)
XII · Peón (manobra)12,2114,65
XI · Peón especializado12,6615,20
X · Ayudante de oficial13,3115,97
IX · Oficial de 2ª13,9916,79
VIII · Oficial de 1ª15,1918,22
VII · Capataz15,3018,36
VI · Encargado de obra16,3819,65
XIII · Aspirante administrativo8,8210,58
IX-X · Auxiliar administrativo11,4413,72
VII-VIII · Oficial administrativo de 2ª12,8015,35
VI · Oficial administrativo de 1ª13,8316,59
V · Jefe administrativo de 2ª15,1718,20
IV · Jefe de personal15,6118,73
III · Personal titulado medio18,4722,17
II · Personal titulado superior20,9425,13
I · Director, gerente22,3826,86

Aportación de la empresa al plan de pensiones sectorial

El sector tiene un plan de pensiones de empleo simplificado y la empresa aporta una cuota mensual por cada persona trabajadora. En Girona la cuota de 2026 incorpora un 0,25 % de incremento sobre los conceptos salariales de las tablas de 2025 (Anexo IV del BOP de 04/12/2025), después del 0,5 % que se añadió en 2025.

Dos cosas que cambian en 2026. La primera: el art. 22 del convenio ordena que la aportación conste en el recibo de salarios como salario en especie, en un concepto diferenciado y claramente identificable. La segunda: la misma acta de 17/11/2025 elimina, con efectos 1 de enero de 2026, la excepción que permitía a las empresas no aportar por quienes cobraban por encima de las tablas. Desde esa fecha la aportación es obligatoria para toda la plantilla de cualquier empresa que aplique el convenio. Si cobras por encima de convenio y tu nómina de 2026 no la incluye, reclámala.

Anexo IV de las tablas 2026 — cuota mensual al plan de pensiones y su importe anual (tabla III) en euros
Nivel · categoríaCuota mensualAnual
XII · Peón (manobra)37,47449,64
XI · Peón especializado38,82465,84
X · Ayudante de oficial40,78489,36
IX · Oficial de 2ª42,87514,44
VIII · Oficial de 1ª46,43557,16
VII · Capataz46,65559,80
VI · Encargado de obra49,92599,04
IX-X · Auxiliar administrativo35,15421,80
VII-VIII · Oficial administrativo de 2ª39,32471,84
VI · Oficial administrativo de 1ª42,48509,76
V · Jefe administrativo de 2ª46,60559,20
IV · Jefe de personal47,95575,40
III · Personal titulado medio56,77681,24
II · Personal titulado superior64,35772,20
I · Director, gerente68,76825,12

Jornada y calendario laboral 2026

La jornada de 2026 es de 1.736 horas anuales, con 40 horas semanales de lunes a viernes (art. 16). La Comisión Negociadora aprobó el calendario el 3 de octubre de 2025 y se publicó en el BOP de Girona del 16 de octubre de 2025. Se aplica a todas las empresas del sector en la provincia salvo que pacten otro con la representación de la plantilla (art. 5).

El calendario marca como festivos de convenio la Festa Patronal del sector, el 13 de junio (en 2026 cae en sábado), y el 24 y el 31 de diciembre. Añade ocho días de ajuste de jornada: 2 y 5 de enero, 2 de abril, 23 de junio y 7, 28, 29 y 30 de diciembre. A eso se suman las fiestas oficiales de Cataluña, las dos fiestas locales de cada municipio y los 30 días naturales (21 laborables) de vacaciones. Con todo ello quedan 8 horas pendientes, que el propio calendario declara de libre disposición.

Dos reglas más del art. 16 que conviene conocer: entre noviembre, enero y febrero la jornada diaria puede reducirse una hora, que se recupera según se pacte en la empresa (y, a falta de pacto, como diga la Comisión Paritaria); y en verano la Paritaria elabora un calendario orientativo contra el calor. En su acuerdo del 18 de junio de 2025 recomendó jornada intensiva de mañana en julio y agosto, adelantando el inicio, sin perjuicio del protocolo de calor del art. 74 bis del VII CGSC. Por inclemencias del tiempo, la empresa solo puede dejar de dar ocupación cinco días al año sin recuperación (art. 8).

Dietas, kilometraje y tiempo de desplazamiento

A diferencia del convenio de Barcelona, el de Girona sí publica los importes: 75,00 € la dieta completa y 15,00 € la media dieta, fijados hasta el 31 de diciembre de 2026 (art. 27). Son estimativos: la empresa puede abonar el gasto real o pagar directamente restaurante y alojamiento. La media dieta se cobra con o sin justificante, y el convenio reconoce que en este sector el centro de trabajo no suele ser fijo y la media dieta es habitual.

Si la empresa te autoriza por escrito a ir en tu coche a un desplazamiento indemnizable, el kilometraje es de 0,28 € por kilómetro durante toda la vigencia del convenio. El personal desplazado dedica sin sueldo 45 minutos de ida y 45 de vuelta; el tiempo que exceda se abona como trabajo efectivo, y quien conduce el vehículo que la empresa habilita para desplazar al personal cobra todo el viaje como trabajo efectivo.

Ninguno de estos importes es salario: no entran en el salario regulador de la indemnización por despido ni en la base del 7 %.

Diferencias con el convenio de construcción de Barcelona

El convenio que te aplica es el de la provincia donde está la obra o el centro de trabajo, no el de la sede de la empresa (art. 1). Una empresa de Barcelona que abre obra en Figueres aplica el convenio de Girona a esa obra. Ambos cuelgan del mismo VII Convenio General, así que la jornada (1.736 horas), los días de vacaciones, el número de pagas, el 7 % y el período de prueba son iguales. Lo que cambia son las cuantías y algunos detalles.

Las tablas de Girona se organizan por los niveles retributivos del convenio general (del I al XIII) y las de Barcelona por categorías. Los totales son más bajos en Girona: el peón tiene 22.709,67 € en Girona frente a 27.351,74 € el peón ordinario en Barcelona, y el oficial de 1ª 28.214,84 € frente a 32.178,55 €. Ojo con la comparación: el total de Girona incluye la aportación al plan de pensiones (449,64 € el peón, 557,16 € el oficial de 1ª) y el de Barcelona no. Descontándola, la diferencia es de 5.091,71 € al año en el peón y de 4.520,87 € en el oficial de 1ª.

Otros detalles que difieren: en Girona el preaviso de baja voluntaria de los técnicos titulados es de tres meses (dos en Barcelona); Girona publica el importe de dietas (75,00 € y 15,00 €) y kilometraje (0,28 €/km), Barcelona no; en Girona los pluses de distancia, transporte y herramientas se han actualizado con las tablas, mientras que el Plus de Transporte, Distancia y Herramientas de Barcelona está congelado; el precio de la hora extra en día laborable es de 12,21 € para el peón de Girona y de 15,76 € para el de Barcelona; y Girona regula el complemento de incapacidad temporal (25 % de la base de cotización) y un seguro de accidentes de 47.000 € por muerte o incapacidad permanente absoluta y de 28.000 € por incapacidad permanente total (art. 28).

De tu tabla salarial a tu indemnización por despido

Aquí es donde las tablas dejan de ser una curiosidad y pasan a ser dinero. La indemnización por despido se calcula sobre el salario regulador diario: tu salario bruto anual con todos los conceptos salariales, prorrateadas las pagas, dividido entre 365.

La trampa de la construcción son los pluses de distancia, transporte y herramientas. El art. 10 del convenio de Girona los declara "de carácter compensatorio y no salarial": compensan un gasto, no retribuyen trabajo, y por eso con carácter general no entran en el salario regulador. Funciona en las dos direcciones: la empresa no debe incluirlos, pero tampoco debe descontarte por ellos ningún concepto que sí sea salarial.

Un ejemplo con la tabla de 2026. Un oficial de 1ª tiene 28.214,84 € de retribución bruta anual. Le restas los pluses extrasalariales (1.976,87 €) y la aportación al plan de pensiones (557,16 €) y quedan 25.680,81 € de conceptos salariales: salario base, plus convenio, las dos pagas y la paga de vacaciones. Divididos entre 365 dan 70,36 € de salario regulador diario. Si el despido se declara improcedente, son 33 días por año trabajado sobre esa base; si es un despido objetivo procedente, 20 días por año con el tope de 12 mensualidades.

La aportación al plan de pensiones merece una nota aparte. El art. 22 del convenio ordena que figure en nómina como salario en especie, y el salario en especie es salario a efectos del art. 26 del ET. Hay base, por tanto, para pedir que los 557,16 € anuales del oficial de 1ª entren en el salario regulador, lo que subiría la base a 26.237,97 € y el salario diario a 71,88 €. Es un punto que la empresa discutirá: llévalo al abogado con la nómina en la mano.

Y por encima de eso, si tu contrato era indefinido adscrito a obra o temporal por circunstancias de la producción, el 7 % de fin de obra se suma aparte. Son dos cálculos distintos, con bases distintas, y hay que exigir los dos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un peón de construcción en Girona en 2026?

La tabla de 2026 fija para el peón (nivel XII, "manobra, peó") 22.709,67 € brutos anuales: 10.666,35 € de salario base por 335 días, 4.784,52 € de plus convenio por 217 días, 3.515,20 € por las dos pagas extras, 1.757,60 € de paga de vacaciones, 1.536,36 € de pluses de distancia y transporte y 449,64 € de aportación al plan de pensiones. Por día, el salario base es de 31,84 € y el plus convenio de 22,05 €, y el importe por día trabajado sin gratificaciones es de 78,35 €. El peón especializado (nivel XI) está en 23.563,13 € al año.

¿Cuánto cobra un oficial de 1ª de la construcción en Girona según convenio?

El oficial de 1ª (nivel VIII) tiene 28.214,84 € brutos anuales en 2026: 13.358,75 € de salario base, 5.894,71 € de plus convenio, 4.284,90 € por las dos pagas, 2.142,45 € de paga de vacaciones, 1.976,87 € de pluses de distancia, transporte y herramientas y 557,16 € de plan de pensiones. Por día son 39,88 € de salario base y 27,16 € de plus convenio, y 97,92 € por día trabajado sin gratificaciones. El oficial de 2ª (nivel IX) está en 26.059,43 € y el encargado de obra (nivel VI) en 30.352,28 €.

¿Sigue vigente la indemnización del 7 % por fin de obra en Girona?

Sí. El convenio de Girona la recoge en el art. 34.5 para el contrato indefinido adscrito a obra que se extingue por causas inherentes a la persona trabajadora y en el art. 35 para el contrato temporal por circunstancias de la producción cuando expira el tiempo pactado. El porcentaje no cambió ni con la reforma laboral de 2021 ni con el VII Convenio General. En el fijo-discontinuo los porcentajes son distintos: 5,5 % al terminar la actividad sin nuevo llamamiento y 1,5 % en la dimisión durante la inactividad.

¿El 7 % se calcula sobre mi salario real?

No, y este es el error más frecuente. El art. 34.5 del convenio de Girona lo calcula sobre los conceptos salariales establecidos en las tablas del convenio devengados durante toda la vigencia del contrato: salario base, plus convenio, las dos pagas extras y la paga de vacaciones. Los pluses de distancia, transporte y herramientas quedan fuera porque el art. 10 los declara no salariales. Si cobras por encima de tabla, el 7 % no sube con tu salario real. Y si te lo han calculado solo sobre el salario base, está mal: faltan el plus convenio, las dos pagas y la paga de vacaciones.

¿Cuántos días tengo que preavisar si me quiero ir de la empresa?

El art. 23 del convenio de Girona fija una semana para el personal obrero, un mes para los empleados y tres meses para los técnicos titulados. Si no preavisas, la empresa puede descontarte de la liquidación la remuneración de los días de preaviso que faltaron. Es uno de los puntos en que Girona difiere de Barcelona, donde los técnicos titulados preavisan con dos meses.

¿Cuánto se paga la hora extra en la construcción de Girona?

Depende de cuándo la hagas. Las horas extraordinarias de lunes a viernes se pagan al precio de hora ordinaria de la tabla VI, sin recargo: 12,21 € el peón, 13,99 € el oficial de 2ª y 15,19 € el oficial de 1ª en 2026. Las de sábado, domingo, festivo o en horario nocturno (22:00-06:00) llevan un 20 % más: 14,65 €, 16,79 € y 18,22 € respectivamente. Si se compensan con descanso, las de fin de semana, festivo o nocturnas dan 1,20 horas de descanso por hora. El máximo son 80 al año y son voluntarias salvo fuerza mayor.

¿Por qué mi paga de vacaciones es siempre la misma cantidad?

Porque en construcción las vacaciones no se pagan con el salario real del mes, sino con el importe fijo de la tabla IV del convenio (art. 17 provincial y art. 76.8 del VII CGSC). En 2026 el peón tiene 1.757,60 €, el oficial de 1ª 2.142,45 € y el auxiliar administrativo 1.725,71 €, exactamente la misma cifra que cada paga extra. Su prorrateo está prohibido y, al cesar, se abona en la liquidación la parte devengada y no disfrutada.

¿Tengo días de asuntos propios en el convenio de construcción de Girona?

No como tales: el convenio no regula días de asuntos propios ni de libre disposición. Lo que tienes en 2026 son la Festa Patronal del sector (13 de junio, sábado en 2026), el 24 y el 31 de diciembre como festivos de convenio, ocho días de ajuste de jornada (2 y 5 de enero, 2 de abril, 23 de junio y 7, 28, 29 y 30 de diciembre), las dos fiestas locales de tu municipio y 8 horas sueltas que el calendario deja "de libre disposición". Aparte están los permisos retribuidos del art. 9, que incluyen 8 horas al año para ir al médico y hasta 4 días por infortunio familiar grave.

¿Cuál es la jornada anual y qué días son festivos en 2026?

La jornada es de 1.736 horas anuales, 40 horas semanales de lunes a viernes (art. 16 y calendario publicado en el BOP de Girona del 16/10/2025). Festivos oficiales en Cataluña: 1 y 6 de enero, 3 y 6 de abril, 1 de mayo, 24 de junio, 15 de agosto, 11 de septiembre, 12 de octubre y 8, 25 y 26 de diciembre. Festivos de convenio: 13 de junio, 24 y 31 de diciembre. Días de ajuste de jornada: 2 y 5 de enero, 2 de abril, 23 de junio y 7, 28, 29 y 30 de diciembre. Más las dos fiestas locales y 30 días naturales (21 laborables) de vacaciones. Quedan 8 horas de libre disposición.

¿Cuánto dura el período de prueba en la construcción de Girona?

El convenio provincial no lo regula, así que se aplica el art. 21 del VII Convenio General: 15 días naturales para el personal operario, un mes para encargados y capataces, seis meses para técnicos titulados superiores y medios, y para los empleados tres meses en los niveles III a V, dos meses en los niveles VI a X y 15 días naturales para el resto. Quien tenga la Tarjeta Profesional de la Construcción con el período de prueba ya acreditado en otra empresa queda exento para los trabajos de su categoría. Durante el período de prueba cualquiera de las partes puede desistir por escrito sin preaviso ni indemnización.

Si me despiden, ¿cuánto me corresponde con este convenio?

Depende del tipo de despido y de tu salario real. Con las cifras de tabla de 2026, un oficial de 1ª tiene 25.680,81 € de conceptos salariales al año (28.214,84 € menos los pluses extrasalariales y el plan de pensiones), lo que da un salario regulador de 70,36 € al día. Un despido improcedente son 33 días por año trabajado sobre esa base; un despido objetivo procedente, 20 días por año con el tope de 12 mensualidades. Si tu contrato era indefinido adscrito a obra o temporal por circunstancias de la producción, súmale el 7 % de fin de obra, que se calcula aparte. Si cobras más que la tabla, el cálculo se hace con tu salario real. Tienes 20 días hábiles para impugnar.

¿En qué se diferencia del convenio de construcción de Barcelona?

Aplica el convenio de la provincia donde está la obra. Los dos cuelgan del VII Convenio General, así que jornada (1.736 horas), días de vacaciones, número de pagas y el 7 % son iguales. Cambian las cuantías: el peón tiene 22.709,67 € en Girona (plan de pensiones incluido) frente a 27.351,74 € en Barcelona, y el oficial de 1ª 28.214,84 € frente a 32.178,55 €. Girona da tres meses de preaviso a los técnicos titulados (Barcelona dos), publica dietas de 75,00 € y 15,00 € y kilometraje de 0,28 €/km, actualiza los pluses extrasalariales con las tablas y regula un complemento de incapacidad temporal del 25 % de la base de cotización y un seguro de accidentes de 47.000 € y 28.000 €.

¿Cuánto cobro de dieta si me desplazan?

Hasta el 31 de diciembre de 2026, 75,00 € la dieta completa y 15,00 € la media dieta (art. 27). La media dieta se cobra aunque no presentes justificante. La empresa puede optar por pagar el gasto real o hacerse cargo directamente del restaurante y el alojamiento. Si te autorizan por escrito a usar tu coche, el kilometraje es de 0,28 € por kilómetro. El personal desplazado dedica sin sueldo 45 minutos de ida y 45 de vuelta; lo que exceda se paga como trabajo efectivo.

¿Hay tablas salariales de 2027 en la construcción de Girona?

No. Las últimas publicadas son las de 2026, aprobadas el 17 de noviembre de 2025 y publicadas en el BOP de Girona del 4 de diciembre de 2025, con vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Tanto el convenio provincial como el VII Convenio General terminan su vigencia el 31 de diciembre de 2026, así que las tablas de 2027 dependen de la negociación estatal y provincial que venga después. Mientras no se publiquen, siguen aplicándose las de 2026.

Fuentes oficiales

Todas las cifras de esta página están transcritas de los boletines oficiales. Puedes comprobarlas tú mismo:

Última revisión del contenido: . Esta página es información general, no asesoramiento jurídico para tu caso concreto.

¿Trabajas en construcción en Girona y te han despedido?

Conectamos con abogados laboralistas que llevan despidos en construcción en toda Cataluña.

Tienes 20 días hábiles para reclamar — no dejes pasar el plazo

Solicitar consulta gratuita