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Convenio de sanidad privada de Cataluña 2026 (establecimientos sanitarios)

Convenio colectivo de trabajo de establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos de Cataluña · Código de convenio 79000815011994

Conveni col·lectiu de treball d'establiments sanitaris d'hospitalització, assistència, consulta i laboratoris d'anàlisis clíniques de Catalunya

Si trabajas en una clínica, un hospital privado, un laboratorio de análisis o una consulta en Cataluña, este es tu convenio. Aquí tienes las tablas de 2026 tal y como se publicaron en el DOGC el 30 de julio de 2026, el plus de nocturnidad, la antigüedad y los pluses de sábado, domingo y festivo. Y lo que casi nadie te explica: cómo se traduce todo eso en la indemnización que te corresponde si te despiden, y por qué encadenar contratos de sustitución durante años suele significar que ya eras indefinida y que el «se acabó tu contrato» era en realidad un despido.

Qué convenio se te aplica ahora mismo

Textos en vigor
XII Convenio 2023-2025 (DOGC 9253) + acuerdo parcial de tablas 2026 (DOGC 9719)
Situación
En ultraactividad desde el 1 de enero de 2026. Las tablas salariales de 2026 sí están publicadas y son definitivas, con efectos desde el 1 de enero de 2026.
Código de convenio
79000815011994
Ámbito territorial
Cataluña (Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona)

Léelo con calma

Tu convenio son dos textos que hay que leer juntos. El XII Convenio (DOGC núm. 9253, de 23.09.2024) duró del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2025 y es el que sigue fijando jornada, pagas, vacaciones, antigüedad, permisos, preaviso y período de prueba: el artículo 6 dice literalmente que, una vez denunciado, «mantendrá su vigencia mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya». Encima se aplica el acuerdo parcial de 3 de julio de 2026 (DOGC núm. 9719, de 30.07.2026), firmado por ACES y La Unión con CCOO, que solo toca el artículo 13 y aprueba las tablas de 2026. La mesa negociadora del XIII Convenio se constituyó el 21 de enero de 2026 y sigue abierta.

A quién se aplica

Todos los establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos de Cataluña, siempre que el centro NO pertenezca al SISCAT. También los centros sociosanitarios y de salud mental que no facturen de forma habitual y continuada más del 50 % al CatSalut, y las residencias de tercera edad cuya actividad sea fundamentalmente sanitaria. Cubre a todo el personal del centro: enfermería, TCAE, celadores y mozos de clínica, técnicos de laboratorio y de imagen, matronas, médicos, fisioterapeutas, administración, cocina, limpieza y servicios generales. Queda fuera el personal de alta dirección.

Tablas salariales 2026

Cifras transcritas literalmente del boletín oficial, sin redondeos. Busca tu grupo y tu nivel: la fila destacada es la categoría en la que está la mayor parte de la plantilla del sector.

Salario base 2026 · Área asistencial (enfermería, TCAE, técnicos, celadores)

En vigor

Importes mensuales de salario base en euros, a jornada completa, en 14 pagas. La primera columna es lo que cobras durante todo 2026 (el +3 % con efectos desde el 1 de enero). La segunda es el +1 % adicional que entra el 31 de diciembre de 2026 y que, en la práctica, es tu base de 2027. El nivel 1 es el nivel básico y el nivel 2 el nivel superior. Los anexos se aplican en las cuatro provincias catalanas.

Salario base 2026 · Área asistencial (enfermería, TCAE, técnicos, celadores). Importes en €/mes, en 14 pagas anuales. Fuente: DOGC núm. 9719, de 30.07.2026.
GrupoNivelCategoría€/mes desde 01/01/2026€/mes desde 31/12/2026
11Médico/a, médico/a especialista, psicólogo/a, farmacéutico/a, químico/a, biólogo/a, físico/a, odontólogo/a, bioquímico/a2.308,92 €2.332,01 €
12Los mismos puestos, nivel superior2.390,46 €2.414,36 €
21Enfermero/a, enfermero/a especialista, fisioterapeuta, dietista y nutricionista, genetista, terapeuta ocupacional, trabajador/a social, óptico/a y optometrista, logopeda, educador/a social, podólogo/aLa más habitual2.155,65 €2.177,21 €
22Los mismos puestos, nivel superior2.207,80 €2.229,88 €
31Técnico/a superior en anatomía patológica y citodiagnóstico, audiología protésica, dietética, higiene bucodental, imagen para el diagnóstico y medicina nuclear, laboratorio clínico y biomédico, ortoprotésica y productos de apoyo, radioterapia y dosimetría, y otras especialidades sanitarias1.883,41 €1.902,24 €
32Los mismos puestos, nivel superior1.928,98 €1.948,27 €
41Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE / auxiliar de enfermería), técnico/a en farmacia y parafarmacia, técnico/a en emergencias sanitarias, auxiliar sanitarioLa más habitual1.501,36 €1.516,38 €
42Los mismos puestos, nivel superior1.537,69 €1.553,06 €
51Mecánico/a sanitario/a, mozo/a de clínica (el puesto que todo el mundo llama celador/a)1.332,45 €1.345,77 €
52Los mismos puestos, nivel superior1.364,70 €1.378,35 €

Importes mensuales en 14 pagas anuales · Territorio: Toda Cataluña

  • Enfermero/a, enfermero/a especialista, fisioterapeuta, dietista y nutricionista, genetista, terapeuta ocupacional, trabajador/a social, óptico/a y optometrista, logopeda, educador/a social, podólogo/a: Es la referencia que busca casi todo el mundo: el salario base de una enfermera o enfermero en la privada catalana en 2026. En 14 pagas son 30.179,10 € al año, antes de nocturnidad, antigüedad, carrera profesional y pluses de fin de semana. Las matronas no tienen línea propia en este convenio: entran aquí como enfermero/a especialista.
  • Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE / auxiliar de enfermería), técnico/a en farmacia y parafarmacia, técnico/a en emergencias sanitarias, auxiliar sanitario: La categoría más numerosa de cualquier clínica. En 14 pagas son 21.019,04 € al año de salario base. Si trabajas de noche, súmale 375,33 € al mes de nocturnidad.
  • Mecánico/a sanitario/a, mozo/a de clínica (el puesto que todo el mundo llama celador/a): En este convenio no existe la palabra «celador»: el puesto se llama mozo/a de clínica y está en el grupo 5. Si tu contrato pone «celador», comprueba que te pagan por este grupo y no por el 10.

Los importes son de salario base a jornada completa: se perciben a prorrata si trabajas a tiempo parcial. Sobre esta tabla se suman antigüedad, nocturnidad, carrera profesional o SIP, pluses de sábado, domingo y festivo, y plus de responsabilidad. Fuente: anexo I del acuerdo parcial publicado en el DOGC núm. 9719, de 30 de julio de 2026.

Fuente: DOGC núm. 9719, de 30.07.2026 — Acuerdo parcial de 3 de julio de 2026: tablas salariales 2026, anexos I a XIV (Resolución EMT/2626/2026)

Salario base 2026 · Área de administración y servicios generales

En vigor

La segunda mitad de la tabla, para quien no está en el área asistencial. Fíjate en algo que ahorra muchas discusiones: la escala es simétrica. El grupo 6 cobra exactamente lo mismo que el 1, el 7 que el 2, el 8 que el 3, el 9 que el 4 y el 10 que el 5. Un auxiliar administrativo de clínica cobra el mismo salario base que una TCAE.

Salario base 2026 · Área de administración y servicios generales. Importes en €/mes, en 14 pagas anuales. Fuente: DOGC núm. 9719, de 30.07.2026.
GrupoNivelCategoría€/mes desde 01/01/2026€/mes desde 31/12/2026
61Abogado/a, arquitecto/a, economista, ingeniero/a, informático/a, sociólogo/a, trabajólogo/a2.308,92 €2.332,01 €
62Los mismos puestos, nivel superior2.390,46 €2.414,36 €
71Arquitecto/a técnico/a, ingeniero/a técnico/a, graduado/a social, tecnólogo/a de los alimentos, graduado/a en ciencias empresariales, graduado/a en sistemas microinformáticos y redes2.155,65 €2.177,21 €
72Los mismos puestos, nivel superior2.207,80 €2.229,88 €
81Oficial administrativo/a, programación informática, oficial de oficios diversos, cocinero/a1.883,41 €1.902,24 €
82Los mismos puestos, nivel superior1.928,98 €1.948,27 €
91Auxiliar administrativo/a, informático/a de grado medio, conductor/a de ambulancia, técnico/a de grado medio en cocina y restauración, auxiliar de oficios diversos, telefonista y recepcionista1.501,36 €1.516,38 €
92Los mismos puestos, nivel superior1.537,69 €1.553,06 €
101Ayudante de oficios diversos, ayudante de conductor/a de ambulancias, conserje, ordenanza, portero/a, vigilante, camarero/a, limpiador/a, lavaplatos, lavador/a, mozo/a de servicios diversos1.332,45 €1.345,77 €
102Los mismos puestos, nivel superior1.364,70 €1.378,35 €

Importes mensuales en 14 pagas anuales · Territorio: Toda Cataluña

Si limpias en una clínica privada catalana, comprueba cuál es tu empleador. Si te contrata el propio centro sanitario, estás en el grupo 10 de este convenio. Si te contrata una empresa de limpieza que presta servicio en el hospital, tu convenio es el de limpieza de edificios y locales de Cataluña, que es otro y paga distinto.

Fuente: DOGC núm. 9719, de 30.07.2026 — Acuerdo parcial de 3 de julio de 2026: tablas salariales 2026, anexos I a XIV (Resolución EMT/2626/2026)

Plus de nocturnidad 2026 · valor mensual a jornada completa nocturna

En vigor

Estos son los importes del anexo II para 2026: el plus mensual completo si haces toda tu jornada en horario nocturno. Si solo haces algunas noches, se abona en proporción a las horas trabajadas entre las 22:00 y las 06:00. Los grupos 6 a 10 tienen exactamente los mismos importes que los grupos 1 a 5, en el mismo orden.

Plus de nocturnidad 2026 · valor mensual a jornada completa nocturna. Importes en €/mes. Fuente: DOGC núm. 9719, de 30.07.2026.
GrupoNivelCategoríaTotal €/mes
1 y 61Médico/a, psicólogo/a, farmacéutico/a, abogado/a, informático/a…577,23 €
1 y 62Los mismos puestos, nivel superior597,62 €
2 y 71Enfermero/a, enfermero/a especialista, fisioterapeuta, terapeuta ocupacional, graduado/a social…La más habitual538,92 €
2 y 72Los mismos puestos, nivel superior551,95 €
3 y 81Técnico/a superior de laboratorio, imagen para el diagnóstico, radioterapia, oficial administrativo/a, cocinero/a…470,86 €
3 y 82Los mismos puestos, nivel superior482,24 €
4 y 91TCAE / auxiliar de enfermería, técnico/a en farmacia, auxiliar administrativo/a, conductor/a de ambulancia…La más habitual375,33 €
4 y 92Los mismos puestos, nivel superior384,42 €
5 y 101Mozo/a de clínica (celador/a), mecánico/a sanitario/a, conserje, limpiador/a, camarero/a…333,12 €
5 y 102Los mismos puestos, nivel superior341,18 €

El 31 de diciembre de 2026 estos importes suben otro 1 %: 583,00 y 603,59 (grupos 1 y 6); 544,31 y 557,47 (grupos 2 y 7); 475,56 y 487,06 (grupos 3 y 8); 379,08 y 388,26 (grupos 4 y 9); 336,45 y 344,59 (grupos 5 y 10). La nocturnidad se cobra en las 12 mensualidades, no en las pagas extraordinarias, porque el artículo 21 define la paga extra como una mensualidad de salario de convenio más antigüedad.

Fuente: DOGC núm. 9719, de 30.07.2026 — Acuerdo parcial de 3 de julio de 2026: tablas salariales 2026, anexos I a XIV (Resolución EMT/2626/2026)

Antigüedad 2026 · importe mensual por tramo (anexo VI)

En vigor

La antigüedad de este convenio no es un porcentaje del salario base: es una escala de importes fijos, iguales para todos los grupos, que sube cada año hasta los 30. Se cobra 14 veces al año (12 mensualidades más las 2 pagas extra) y se genera desde el día de ingreso en la empresa, sea cual sea la modalidad de contrato con la que entraste.

Antigüedad 2026 · importe mensual por tramo (anexo VI). Importes en €/mes, en 14 pagas anuales. Fuente: DOGC núm. 9719, de 30.07.2026.
CategoríaTotal €/mes
1 año y 1 día9,39 €
2 años y 1 día18,69 €
3 años y 1 día28,09 €
4 años y 1 día37,37 €
5 años y 1 día46,69 €
6 años y 1 día55,65 €
7 años y 1 día64,18 €
8 años y 1 día72,27 €
9 años y 1 día80,01 €
10 años y 1 día87,29 €
11 años y 1 día94,20 €
12 años y 1 día100,76 €
13 años y 1 día106,82 €
14 años y 1 día112,56 €
15 años y 1 día118,13 €
16 años y 1 día123,79 €
17 años y 1 día129,43 €
18 años y 1 día135,14 €
19 años y 1 día140,81 €
20 años y 1 día146,42 €
21 años y 1 día152,13 €
22 años y 1 día157,77 €
23 años y 1 día163,45 €
24 años y 1 día169,08 €
25 años y 1 día174,73 €
26 años y 1 día180,37 €
27 años y 1 día186,07 €
28 años y 1 día191,74 €
29 años y 1 día197,36 €
30 años y 1 día203,04 €

Importes mensuales en 14 pagas anuales · Territorio: Toda Cataluña

La tabla se detiene en los 30 años: el convenio no publica tramos superiores. El 31 de diciembre de 2026 todos estos importes suben otro 1 % (el tramo de 30 años pasa a 205,07 €). Si entraste con un contrato de sustitución y luego encadenaste otros, tu antigüedad cuenta desde el primer día del primer contrato, no desde el último.

Fuente: DOGC núm. 9719, de 30.07.2026 — Acuerdo parcial de 3 de julio de 2026: tablas salariales 2026, anexos I a XIV (Resolución EMT/2626/2026)

Por qué aquí no hay tablas de años futuros

No existen tablas salariales publicadas para 2027 ni años posteriores. El acuerdo parcial de 3 de julio de 2026 (DOGC núm. 9719) dice literalmente que los importes pactados cierran el ejercicio 2026 y remite 2027 y siguientes a la negociación del XIII Convenio, todavía abierta desde que la mesa se constituyó el 21 de enero de 2026. Lo único cerrado hacia adelante es el incremento del 1 % con efectos del 31 de diciembre de 2026, que se refleja en la segunda columna de las tablas de esta página. En cuanto se publique el XIII Convenio en el DOGC, actualizaremos esta ficha.

Comparativa con el año anterior

Guarda esta tabla si quieres comprobar que te aplicaron bien la subida o reclamar atrasos.

Salario base 2025 · año anterior, para comprobar tus atrasos

Año anterior

Esto es lo que cobrabas en 2025. Te sirve para dos cosas: comprobar si te aplicaron bien el +3 % de 2026 y reclamar los atrasos de enero a junio de 2026 si tu empresa no regularizó en la nómina de julio. Como la escala es simétrica, el grupo 6 vale también para el 1, el 7 para el 2, el 8 para el 3, el 9 para el 4 y el 10 para el 5.

Salario base 2025 · año anterior, para comprobar tus atrasos. Importes en €/mes, en 14 pagas anuales. Fuente: DOGC núm. 9253, de 23.09.2024.
GrupoNivelCategoríaTotal €/mes
1 y 61Médico/a, psicólogo/a, farmacéutico/a, abogado/a, economista, informático/a…2.241,67 €
1 y 62Los mismos puestos, nivel superior2.320,83 €
2 y 71Enfermero/a, enfermero/a especialista, fisioterapeuta, trabajador/a social, graduado/a social…La más habitual2.092,87 €
2 y 72Los mismos puestos, nivel superior2.143,49 €
3 y 81Técnico/a superior sanitario, oficial administrativo/a, cocinero/a…1.828,55 €
3 y 82Los mismos puestos, nivel superior1.872,80 €
4 y 91TCAE / auxiliar de enfermería, auxiliar administrativo/a, conductor/a de ambulancia…La más habitual1.457,63 €
4 y 92Los mismos puestos, nivel superior1.492,90 €
5 y 101Mozo/a de clínica (celador/a), conserje, limpiador/a, camarero/a…1.293,64 €
5 y 102Los mismos puestos, nivel superior1.324,95 €

Importes mensuales en 14 pagas anuales · Territorio: Toda Cataluña

La cuenta es sencilla: 1.457,63 € × 1,03 = 1.501,36 €, que es exactamente el importe de 2026 de una TCAE. Si en tu nómina de enero a junio de 2026 seguía apareciendo la cifra de 2025 y en julio no te abonaron la diferencia, tienes atrasos pendientes de reclamar. Fuente: anexo I del XII Convenio, DOGC núm. 9253 de 23 de septiembre de 2024.

Fuente: DOGC núm. 9253, de 23.09.2024 — XII Convenio colectivo 2023-2025: texto articulado completo y anexos salariales 2023, 2024 y 2025

¿Cuánto vale tu hora?

1.501,36 €/mes × 14 pagas = 21.019,04 € al año ÷ 1.726 horas de jornada anual diurna ≈ 12,18 €/hora

Jornada anual

1.726 h

Hora ordinaria

12,18 €

Hora extraordinaria

15,22 €

Recargo de la hora extra: +25 % sobre el valor de la hora ordinaria, con el límite legal de 80 horas al año.

Cálculo orientativo de salario base para una TCAE (grupo 4, nivel 1) a jornada completa de día. El convenio no publica precio por hora: se obtiene dividiendo el salario anual de tabla entre la jornada anual del artículo 31. Si haces turno de noche, la jornada anual es de 1.704 horas y hay que sumar el plus de nocturnidad, así que tu hora vale más. Para una enfermera del grupo 2 nivel 1: 2.155,65 € × 14 = 30.179,10 € ÷ 1.726 h ≈ 17,48 €/hora, y la extra ≈ 21,86 €. Estas cifras no incluyen antigüedad, carrera profesional ni pluses de fin de semana.

De tu nómina de convenio a tu indemnización

Si te despiden, ¿cuánto te corresponde?

Las tablas salariales dicen lo que cobras al mes. Nadie te explica el paso siguiente, que es el que importa cuando te echan. Aquí está la cadena completa, con la categoría mayoritaria del sector y 8 años de antigüedad como ejemplo.

  1. Lo que dice tu tabla salarial

    1.501,36 € al mes

    Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE), grupo 4 nivel 1, turno de noche

    Es el total mensual de convenio de la categoría, sin antigüedad ni pluses. Si tú cobras más, sustituye esta cifra por la tuya.

  2. Salario bruto anual

    1.501,36 € × 14 pagas

    21.019,04 €

    Aquí es donde mucha gente se equivoca: este convenio paga en 14 pagas, no en 12 ni en 14. Multiplicar por 12 te deja fuera una parte importante de la indemnización.

  3. Salario regulador diario

    21.019,04 € ÷ 365 días

    57,59 € al día

    La indemnización se calcula por días de salario, no por meses. Se divide entre 365 (días naturales), no entre los días trabajados.

  4. Indemnización por despido improcedente, 8 años de antigüedad

    57,59 € × 33 días × 8 años = 57,59 € × 264 días

    15.203,76 €

    Son 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Los períodos inferiores al año se prorratean por meses.

Compáralo con un despido objetivo

Si la empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, la indemnización baja a 20 días por año: 57,59 € × 160 días = 9.214,40 €. La diferencia con el despido improcedente en este ejemplo es de 5.989,36 €. Por eso merece la pena revisar si la causa que te han puesto en la carta se sostiene.

Sí cuenta para tu indemnización

  • Salario base de tabla (1.501,36 €/mes en 2026), en 14 pagas
  • Antigüedad del anexo VI, también en 14 pagas (72,27 €/mes en el tramo de 8 años)
  • Plus de nocturnidad: 25 % del salario de convenio, 375,33 €/mes a jornada nocturna completa, en 12 mensualidades
  • Plus de domingo y festivo y plus de sábado, por las horas realmente trabajadas
  • Plus de festivo especial de Navidad y Fin de Año (100 % de recargo sobre el valor del día)
  • Carrera profesional (grupos 1 y 2) o Sistema de Incentivación Profesional (resto), ambos en 14 pagas y no absorbibles
  • Plus de responsabilidad, supervisión o mando: mínimo el 10 % del salario base mientras lo ejerzas
  • Atención continuada de presencia, si eres facultativo (anexo XII)
  • La parte proporcional de las dos pagas extraordinarias de junio y diciembre

No cuenta

  • Plus de transporte (29,62 €/mes turno seguido, 59,22 €/mes turno partido): compensa un gasto, no tu trabajo
  • Plus de distancia y kilometraje a 0,19 €/km
  • Dietas: 63,06 € la completa y 33,45 € la media
  • Comedores: 4,23 € por comida o cena
  • Uniformes, calzado y su lavado, que corren a cargo de la empresa
  • Horas extraordinarias, salvo que fueran tan habituales que dejaran de ser extraordinarias — ahí hay margen para discutirlo

Son compensación de gastos, no retribución de tu trabajo. Si la empresa los mete en el cálculo a tu favor, mejor; si los usa para inflar el salario y luego descontarte, revísalo.

Lo específico de este sector

Tres cosas propias de este convenio cambian el resultado final. Primera: tu antigüedad se cuenta desde el día de ingreso en la empresa «cualquiera que sea la modalidad contractual que se haya pactado» (art. 18.3), así que los años que hiciste con contratos de sustitución o eventuales computan igual; es el error más caro que cometen las clínicas al calcular finiquitos. Segunda: si te despiden con más de diez años de antigüedad y el despido es objetivo o se reconoce o declara improcedente, tienes derecho a la parte proporcional del premio de fidelidad del artículo 19.3, que se suma a la indemnización. Tercera: si venías encadenando contratos de sustitución, antes de calcular nada hay que decidir si eras temporal o ya eras indefinida, porque de eso depende que cobres cero euros o 33 días por año.

Ejemplo orientativo calculado con las cifras de tabla, sin antigüedad ni pluses y sin prorrateo de meses sueltos. El salario diario se redondea a céntimos antes de multiplicar, así que puedes rehacer cada paso con una calculadora y te saldrá lo mismo. Tu caso real depende de tu nómina de los últimos meses, de tu antigüedad completa y del tipo de despido.

Tienes 20 días hábiles desde el despido para reclamar. Pasado el plazo, pierdes el derecho.

Jornada, pagas, vacaciones y preaviso: lo que dice tu convenio

Cada dato lleva el artículo del convenio y el boletín en el que se publicó, para que puedas citarlo si tienes que discutirlo con tu empresa.

Condiciones laborales principales del Convenio colectivo de trabajo de establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos de Cataluña
ConceptoQué dice tu convenio
Subida salarial 2026Acuerdo primero, art. 13 (DOGC 9719)+3 % sobre todos los conceptos, desde el 1 de enero de 2026Con efectos retroactivos. El acuerdo obliga a actualizar los importes en la nómina de julio de 2026 con sus atrasos; si la empresa no pudo por razones técnicas u organizativas excepcionales, debe justificarlo ante la representación legal de la plantilla. Además, el 31 de diciembre de 2026 se aplica otro 1 % sobre las tablas ya subidas, sin efectos retroactivos: en la práctica es el punto de partida de 2027, no dinero que vayas a ver en 2026.
Pagas extraordinariasArt. 21 (DOGC 9253)Dos: junio y diciembre. El salario se reparte en 14 pagasCada gratificación equivale a una mensualidad del salario de convenio más la antigüedad. La de junio se paga antes del día 20 de junio y la de diciembre antes del día 22. Se devengan por prorrateo anual: la de diciembre de enero a diciembre y la de junio de julio a junio. Solo pueden prorratearse en doce mensualidades si hay acuerdo entre empresa y persona trabajadora.
Jornada anualArt. 31 (DOGC 9253)1.726 horas en turno de día · 1.704 horas en turno de nocheDesde el 1 de enero de 2025 (antes eran 1.734 y 1.714). Quien ya hacía la jornada de convenio tiene garantizada la reducción de un módulo de jornada completo, y el tiempo restante hasta llegar a las horas anuales se compensa en módulos no inferiores a una hora. El calendario laboral de cada centro se fija dentro del primer trimestre de cada año, previa consulta al comité.
VacacionesArt. 34 (DOGC 9253)30 días naturales · 34 si te las mandan fuera de temporadaEl período preferente es de mayo a octubre, ambos incluidos: si las disfrutas ahí, son 30 días naturales. Si por necesidades del servicio tienes que cogerlas todas fuera de ese período, son 34 días naturales, y si solo una parte cae fuera, los días suplementarios se calculan a proporción. Debes conocer tus fechas con dos meses de antelación como mínimo.
Plus de nocturnidadArt. 28 y anexo II (DOGC 9719)25 % del salario de convenio (375,33 €/mes para una TCAE en 2026)Se abona proporcionalmente a las horas trabajadas entre las 22:00 y las 06:00, salvo que el salario ya se haya fijado contando con que el trabajo es nocturno por su propia naturaleza. Los importes del anexo II son el valor mensual a jornada completa en horario nocturno. Es salario y cuenta para tu indemnización.
AntigüedadArt. 18 y anexo VI (DOGC 9719)Tabla de importes fijos por año, de 9,39 € al año y un día a 203,04 € a los 30 añosNo es un porcentaje: es una escala de cuantías del anexo VI, año a año, hasta los 30. Se cobra en las 12 mensualidades y en las 2 pagas extraordinarias, o sea 14 veces al año. Y ojo con esto, que es lo que más se discute en este sector: el derecho nace desde el día de ingreso en la empresa, «cualquiera que sea la modalidad contractual que se haya pactado». También cuentan los años que estuviste con contratos temporales o de sustitución.
Período de pruebaArt. 47 (DOGC 9253)TCAE, celadores y auxiliares administrativos: 1 mesGrupos 1 y 6 (médicos, psicólogos, farmacéuticos, abogados, informáticos): 6 meses. Grupos 2 y 7 (enfermería, fisioterapia, matronas, graduados sociales): 4 meses. Grupos 3 y 8 (técnicos superiores, oficiales administrativos, cocineros): 2 meses. Grupos 4, 5, 9 y 10 (TCAE, mozos de clínica, auxiliares administrativos, celadores, limpieza, cocina): 1 mes.
Preaviso si te vas voluntariamenteArt. 49 (DOGC 9253)TCAE, celadores y auxiliares: 15 días naturalesGrupos 1, 2, 6 y 7 (médicos, enfermería, titulados): 30 días naturales. Grupos 3 y 8: 20 días naturales. Grupos 4, 5, 9 y 10: 15 días naturales. Hay que comunicarlo por escrito y por duplicado a Dirección, quedándote tú una copia. Si no preavisas, la empresa te descuenta de la liquidación la remuneración de los días que te hayas retrasado.
Horas extraordinariasArt. 20 (DOGC 9253)+25 % sobre el valor de la hora ordinariaEl convenio recuerda expresamente el límite legal de 80 horas extraordinarias al año. Es un recargo bajo comparado con otros sectores: revisa si tu empresa te las compensa en descanso, que es lo más habitual en clínica.
Festivo intersemanal trabajadoArt. 33 (DOGC 9253) y anexo X (DOGC 9719)+75 % sobre la hora ordinaria si NO hay descanso compensatorioSi sí hay descanso compensatorio, se retribuye según la tabla del anexo X (7,44 € por hora en el grupo 1, 6,68 € en el grupo 2 y 5,21 € en el resto de grupos, importes de 2026). Además se te garantiza librar 2 de cada 4 domingos de forma alterna.
Festivos especiales (Navidad y Fin de Año)Art. 29, redacción de 2024 (DOGC 9321)100 % de recargo sobre el valor del díaCuenta desde el inicio del turno de noche del 24 al 25 de diciembre hasta el final del turno de tarde del día 25, y desde el inicio del turno de noche del 31 de diciembre al 1 de enero hasta el final del turno de tarde del día 1. Si no disfrutas descanso compensatorio, el plus es del 100 % de lo que te corresponda cobrar según el artículo 33.3.
Plus de sábado y de domingoArts. 14 y 15, anexos X y XI (DOGC 9719)Por cada hora trabajada, no por díaDomingo y festivo 2026: 7,44 € (grupo 1), 6,68 € (grupo 2) y 5,21 € (resto) por hora entre las 0 y las 24 horas. Sábado 2026: 3,71 €, 3,35 € y 2,60 € por hora. Solo se cobran en servicio activo: no se pagan en incapacidad temporal, ni en vacaciones, ni en permisos. Si el festivo especial cae en domingo o sábado, prevalece el festivo especial.
Complemento por incapacidad temporalArt. 37 (DOGC 9253)Hasta el 100 % del salario mensual de convenioEnfermedad común y accidente no laboral: 30 días discontinuos por año natural, o hasta 90 días continuos por año natural. Accidente de trabajo y enfermedad profesional: hasta 120 días por año natural, en uno o varios períodos. Cuidado: solo en enfermedad común y a partir del segundo proceso de baja hay una carencia de 7 días no retribuidos por el convenio.
Día libre a partir de los 55 añosArt. 31.4 · Acta 13 de la Comisión Paritaria (DOGC 9574)Una jornada al año, y es retribuidaLa Comisión Paritaria lo zanjó el 17 de diciembre de 2025: aunque el artículo 31.4 esté colocado dentro del artículo de jornada, «tiene naturaleza de permiso retribuido». Hay que preavisar con cinco días como mínimo, salvo urgencia. Si tu empresa te lo descuenta de la nómina, te lo está aplicando mal.
Días de asuntos propiosArts. 35 y 38 (DOGC 9253)3 días retribuidos + 24 horas recuperablesLos 3 días son de libre disposición y no hay que justificarlos. Aparte, tienes 24 horas al año más, también de libre disposición y sin justificante, pero que no computan como jornada trabajada y hay que recuperar. Ambos se solicitan con 5 días de antelación, salvo urgencia. Además tienes un día festivo adicional en Semana Santa y otro en Navidad.
Plus de transporteArts. 22, 23, 26 y 27, anexos VII y VIII (DOGC 9719)29,62 €/mes turno seguido · 59,22 €/mes turno partido (2026)Es compensación de gasto, no salario: por eso NO cuenta en el salario regulador de la indemnización por despido. Lo mismo pasa con el plus de distancia (0,19 €/km cuando no hay transporte público), el kilometraje (0,19 €/km) y las dietas (63,06 € la completa y 33,45 € la media en 2026).

Cómo saber cuál de los convenios sanitarios catalanes te aplica

En sanidad, en Cataluña, conviven varios convenios que se parecen mucho por fuera y pagan muy distinto por dentro. Antes de mirar ninguna tabla, contesta a una sola pregunta: ¿tu centro está concertado con el CatSalut y forma parte del SISCAT? De ahí sale todo lo demás.

El artículo 1 de este convenio lo dice con estas palabras: se aplica a «todos los establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos, siempre que el centro no pertenezca al sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT)». Y añade dos supuestos más: los centros sociosanitarios y de salud mental que no acrediten ingresos habituales y continuados superiores al 50 % de su facturación procedentes del CatSalut, y las residencias de tercera edad cuya actividad sea fundamentalmente sanitaria.

La forma más rápida de comprobarlo tú misma es mirar tu nómina y tu contrato: ahí debe constar el código del convenio aplicado. Si pone 79000815011994, estás en este. Si pone 79100135012015, estás en el del concertado y esta página no es la tuya, aunque muchas de las ideas sobre despido sí lo sean.

Los cinco convenios que se confunden entre sí en la sanidad catalana
Dónde trabajasConvenio que te aplicaCódigo
Clínica u hospital privado no integrado en el SISCAT, laboratorio de análisis clínicos, consulta o centro médico privado, clínica dental, residencia de tercera edad de actividad fundamentalmente sanitariaEstablecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos de Cataluña (este)79000815011994
Hospital de agudos, CAP, centro sociosanitario o centro de salud mental concertados con el Servei Català de la Salut (SISCAT)Hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental concertados con el Servei Català de la Salut79100135012015
Centro sociosanitario o de salud mental con actividad concertada con el CatSalut que factura al CatSalut más del 50 %Centres sociosanitaris i/o de salut mental de Catalunya amb activitat concertada amb el Servei Català de la Salut79002625012007
Centro o servicio de atención a personas con discapacidadConvenio colectivo general estatal de centros y servicios de atención a personas con discapacidad (BOE núm. 86, de 09.04.2025, vigencia hasta el 31/12/2027)99000985011981
Laboratorio de prótesis dentales (el taller, no la clínica)Laboratoris de pròtesis dentals de Catalunya79000355011995

El conflicto más frecuente del sector

Llevas años encadenando contratos de sustitución: probablemente ya eras indefinida

Este es el problema número uno de la sanidad privada catalana, y el que más dinero deja sobre la mesa. Entras para cubrir una baja. Luego una excedencia. Luego unas vacaciones. Luego otra baja de otra planta. Firmas seis, ocho, quince contratos en cuatro años, siempre en el mismo centro y muchas veces haciendo lo mismo. Un día te dicen «se acaba tu contrato» y te vas a casa sin un euro de indemnización, porque el contrato de sustitución es el único que la ley deja sin indemnización de fin de contrato.

Eso es exactamente lo que lo hace tan rentable para la empresa. El artículo 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores reconoce 12 días de salario por año a la finalización de los contratos temporales «excepto en los contratos formativos y el contrato de duración determinada por causa de sustitución». Cero euros. Y por eso conviene mirar con lupa si esos contratos eran realmente de sustitución.

Porque el artículo 15.3 del Estatuto exige requisitos muy concretos para que un contrato de sustitución sea válido: que se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución. Y el artículo 15.1 añade que hay que especificar con precisión «la causa habilitante de la contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista». Si tu contrato no dice a quién sustituyes, o dice un nombre que no se corresponde con la realidad, o te tuvieron cubriendo un puesto estructural disfrazado de sustitución, el artículo 15.4 es tajante: «Las personas contratadas incumpliendo lo establecido en este artículo adquirirán la condición de fijas».

Traducido a dinero: si ya eras indefinida, lo que te hicieron no fue «terminar un contrato». Fue despedirte. Y un despido sin carta y sin causa se declara improcedente, con 33 días de salario por año trabajado desde el 12 de febrero de 2012 y 45 días por año por el tiempo anterior. Con toda tu antigüedad contada desde el primer contrato, no desde el último.

Qué cobras según cómo se califique tu salida. TCAE de grupo 4 nivel 1, turno de noche, 8 años en el centro, con un salario regulador de 72,70 €/día (tablas 2026)
Cómo lo llama la empresaQué es en realidadIndemnización orientativa
«Se acaba tu contrato de sustitución»Fin de contrato temporal válido0 € (art. 49.1.c ET)
Fin de contrato por circunstancias de la producciónFin de contrato temporal válido12 días por año: 96 días ≈ 6.979 €
Despido objetivoExtinción con causa acreditada20 días por año, tope 12 mensualidades: 160 días ≈ 11.632 €
Despido improcedente (contratación en fraude → indefinida)Despido sin causa válida33 días por año: 264 días ≈ 19.192 €

El conflicto más frecuente del sector

La trampa concreta: te dan de baja cuando acaba la baja de maternidad

Hay un supuesto que este convenio regula expresamente y que muchas clínicas aplican mal, unas veces por desconocimiento y otras no tanto. Lo dice el artículo 39, dentro de la excedencia especial para cuidar de menores o familiares: «El personal contratado como interino para sustituir a una persona trabajadora durante el período de baja por maternidad tiene prorrogado automáticamente su contrato de interinidad durante todo el tiempo de la excedencia, sin que sea necesaria ninguna especificación ni aclaración al contrato suscrito al efecto».

Lee la última parte otra vez: sin que sea necesaria ninguna especificación ni aclaración al contrato. Es decir, no hace falta firmar nada nuevo. Si sustituías a una compañera de baja por maternidad y ella, al terminar la baja, enlazó con una excedencia por cuidado de hijo, tu contrato se prorrogó solo, por convenio. Si la empresa te dio de baja en la Seguridad Social ese mismo día alegando que «se había acabado la sustitución», ese cese no es un fin de contrato: es un despido, y como tal se impugna.

Y el reloj corre rápido. Tienes 20 días hábiles desde el cese para presentar la papeleta de conciliación. Pasado ese plazo, la acción caduca y da igual lo buena que fuera tu razón. Si estás leyendo esto y te acaban de decir que se acaba tu sustitución, cuenta los días antes que cualquier otra cosa.

Cuánto cobra en 2026 una enfermera, una TCAE o un celador en la privada catalana

Las tablas del convenio son de salario base mensual a jornada completa. Para saber lo que cobras al año hay que multiplicar por 14, porque este convenio tiene dos pagas extraordinarias, junio y diciembre, y cada una equivale a una mensualidad de salario de convenio más la antigüedad.

Estas son las cifras de salario base anual de 2026, calculadas multiplicando el importe de tabla por 14 pagas. No incluyen antigüedad, nocturnidad, carrera profesional, SIP ni pluses de fin de semana, que en un puesto de turnos pueden ser varios miles de euros más al año.

Salario base anual 2026 en 14 pagas (cálculo derivado de las tablas del DOGC 9719)
PuestoGrupo y nivel€/mes€/año (×14)
Médico/a, odontólogo/a, psicólogo/a, farmacéutico/aGrupo 1, nivel 12.308,92 €32.324,88 €
Enfermero/a, matrona, fisioterapeutaGrupo 2, nivel 12.155,65 €30.179,10 €
Técnico/a superior de laboratorio, imagen o radioterapiaGrupo 3, nivel 11.883,41 €26.367,74 €
TCAE / auxiliar de enfermeríaGrupo 4, nivel 11.501,36 €21.019,04 €
Auxiliar administrativo/a, recepcionistaGrupo 9, nivel 11.501,36 €21.019,04 €
Mozo/a de clínica (celador/a)Grupo 5, nivel 11.332,45 €18.654,30 €

La misma bata, dos convenios: lo que se lleva el concertado por delante

Si trabajas en Barcelona probablemente conozcas a alguien que hace tu mismo trabajo en un hospital concertado y cobra bastante más. No es una impresión: son dos convenios distintos y la diferencia está publicada en el DOGC.

El convenio del SISCAT (hospitales de agudos, CAP, centros sociosanitarios y de salud mental concertados con el CatSalut, código 79100135012015) publicó sus tablas de 2025 y 2026 en el DOGC núm. 9615 de 2 de marzo de 2026. Sus importes vienen en total anual, con el equivalente mensual en 14 pagas. Comparados con las tablas de la privada, quedan así.

Salario base 2026: privada (DOGC 9719) frente a concertado SISCAT (DOGC 9615). Cifras anuales.
PuestoPrivada (este convenio)Concertado SISCATDiferencia al año
Enfermero/a30.179,10 € (2.155,65 €/mes ×14)38.731,12 € (2.766,51 €/mes ×14)+8.552,02 €
Matrona / comadrona30.179,10 €. En la privada no aparece con ese nombre: se encuadra en el grupo 2 como enfermero/a especialista40.081,56 € (2.862,97 €/mes ×14), con su propia línea de tabla+9.902,46 €
TCAE / TCAI21.019,04 € (1.501,36 €/mes ×14)22.805,13 € (1.628,94 €/mes ×14)+1.786,09 €
Celador: mozo/a de clínica / sub-camillero18.654,30 € (1.332,45 €/mes ×14)20.897,91 € (1.492,71 €/mes ×14)+2.243,61 €

Noches, domingos y festivos: el dinero que tu empresa «olvida» al calcular tu despido

Este es el error más caro y más habitual del sector, y se comete casi siempre en la misma dirección. Llevas años haciendo noches. En la carta de despido, la empresa calcula tu indemnización sobre el salario base de tabla y ya está. Y no es así.

El salario regulador de la indemnización es el salario real que percibes, no el de tabla. Se calcula tomando todo lo que cobras al año por tu trabajo —incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias— y dividiéndolo entre 365 días. La nocturnidad es salario: el artículo 28 la define como el 25 % del salario de convenio. Los pluses de sábado, domingo y festivo son salario: retribuyen horas efectivamente trabajadas. La antigüedad es salario. La carrera profesional y el SIP son salario. Todo eso entra.

Mira la diferencia con una TCAE de turno de noche con 8 años en la clínica, con las tablas de 2026.

Salario regulador de una TCAE de noche con 8 años de antigüedad (cálculo derivado de las tablas 2026)
ConceptoCómo se anualizaImporte al año
Salario base grupo 4 nivel 11.501,36 € × 14 pagas21.019,04 €
Antigüedad, tramo de 8 años72,27 € × 14 pagas1.011,78 €
Plus de nocturnidad375,33 € × 12 mensualidades4.503,96 €
Total anual computable26.534,78 €
Salario regulador diario correcto26.534,78 € ÷ 36572,70 €/día
Salario regulador que suele poner la empresa21.019,04 € ÷ 365 (solo base)57,59 €/día

El premio de fidelidad: dinero extra si te despiden con más de 10 años (art. 19)

Casi nadie lo reclama y está escrito con todas las letras en el artículo 19.3 del convenio. Toda persona trabajadora con más de diez años de antigüedad en la empresa que sea objeto de un despido declarado o reconocido como improcedente, o de un despido objetivo, tiene derecho al premio de fidelidad en la parte proporcional al tiempo transcurrido, tomando como módulo los veinticinco años.

El premio, en su versión completa, es un mes de vacaciones adicional al que ya te corresponde ese año, para quien cumple veinticinco años en la empresa. Y el propio convenio permite sustituirlo por su compensación en metálico, total o parcial, previo acuerdo entre las partes.

La cuenta es una regla de tres. Si te despiden con doce años de antigüedad, te corresponden 12/25 de ese mes. Para una TCAE con el salario de 2026, eso son unos 720 € que se suman a la indemnización, no que la sustituyen. Y si te jubilas con 10 o más años de antigüedad en la empresa, el convenio también te reconoce la parte proporcional.

Tu convenio caducó el 31 de diciembre de 2025 y te sigue aplicando: la ultraactividad

El XII Convenio duró hasta el 31 de diciembre de 2025. La mesa negociadora del XIII se constituyó el 21 de enero de 2026 y, a fecha de hoy, no hay convenio nuevo. Esto genera dos dudas constantes en las clínicas, y las dos tienen respuesta clara.

La primera: ¿sigo teniendo mis 30 días de vacaciones, mis tres días de asuntos propios y mi antigüedad? Sí. El artículo 6 dice literalmente que, una vez denunciado, «el presente convenio mantendrá su vigencia mientras que no se firme un nuevo convenio que lo sustituya». Es lo que en el propio texto del acuerdo de 2026 se llama, sin rodeos, situación de ultraactividad. Todo el articulado sigue vivo.

La segunda: ¿y el sueldo? También está resuelto, pero solo para 2026. El acuerdo parcial de 3 de julio de 2026, firmado por ACES y La Unión con CCOO al amparo del artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores, sube un 3 % todos los conceptos retributivos con efectos desde el 1 de enero de 2026, y añade otro 1 % con efectos del 31 de diciembre de 2026 sin retroactividad. El propio acuerdo dice que esos importes «cierran el ejercicio 2026» y remite 2027 y siguientes a la negociación pendiente.

Calendario retributivo pactado (acuerdo de 3 de julio de 2026, DOGC 9719)
Fecha de efectosQué pasaRetroactivo
01/01/2026+3 % sobre todos los conceptos e importes de las tablasSí. Debía abonarse en la nómina de julio de 2026 con sus atrasos
31/12/2026+1 % adicional sobre las tablas ya subidasNo. No tiene efectos retroactivos en el ejercicio 2026
2027 y siguientesPendiente de negociación en el XIII Convenio

Si tu servicio cambia de manos: la subrogación del artículo 75

Pasa más de lo que parece en clínicas y laboratorios que prestan servicios mediante contratos, encargos o convenios del sector público. El artículo 75 impone la subrogación del personal y de las relaciones laborales cuando cambia el empleador en un procedimiento de licitación, adjudicación, liquidación, finalización o suspensión de contratos, encargos a medio propio o convenios del sector público, y también cuando la Administración decide pasar a prestar directamente un servicio que hasta entonces gestionaba otro.

La obligación alcanza a los contratos indefinidos del personal adscrito al servicio, a quien tenga derecho a reserva de puesto con una antigüedad mínima de doce meses, a quien tenga contrato de interinidad por sustitución de esas personas —con independencia de su antigüedad— y a quien tenga contrato de relevo. Fíjate en el detalle: el convenio protege expresamente a quien está sustituyendo, sin exigirle antigüedad ninguna.

Si hay subrogación, no hay despido ni indemnización: tu contrato continúa con la empresa entrante y con tu antigüedad intacta. Si la entrante se niega a darte de alta alegando que «no le consta» que estuvieras adscrita, eso normalmente no es un fin de servicio: es un despido, y tienes 20 días hábiles para reclamarlo.

La bolsa de 120 horas flexibles: lo que la empresa puede y no puede hacer con tu cuadrante

El artículo 74 permite a la empresa mover hasta 120 horas de tu jornada anual, proporcionales a tu tiempo de servicio y jornada contratada, con un tope de 60 horas por semestre. Es legal, pero tiene reglas que se incumplen constantemente y que conviene tener a mano cuando te cambian el turno con un día de aviso.

La compensación o recuperación de esas horas se hace preferentemente por pacto entre empresa y persona trabajadora; solo si no hay acuerdo es potestad de la empresa. Y hay algo que no admite discusión: esas horas nunca se pueden regularizar en dinero. Siempre se compensan en tiempo de trabajo o de descanso.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra una auxiliar de enfermería (TCAE) en la sanidad privada en Cataluña en 2026?

El salario base de una TCAE (grupo 4, nivel 1) es de 1.501,36 € al mes a jornada completa, según las tablas publicadas en el DOGC núm. 9719 de 30 de julio de 2026. Como el convenio tiene 14 pagas —12 mensualidades más las extras de junio y diciembre—, son 21.019,04 € al año de salario base. A eso hay que sumarle la antigüedad del anexo VI, el plus de nocturnidad de 375,33 € al mes si haces noches completas, el SIP de 50,50 € al mes si lo tienes reconocido y los pluses de sábado (2,60 €/hora) y de domingo o festivo (5,21 €/hora). En el nivel 2 el salario base es de 1.537,69 € al mes.

¿Cuánto cobra una enfermera en la privada en Cataluña en 2026?

El salario base de enfermería (grupo 2, nivel 1) es de 2.155,65 € al mes a jornada completa, es decir 30.179,10 € al año en 14 pagas, según el DOGC núm. 9719 de 30 de julio de 2026. En el nivel 2 son 2.207,80 € al mes. La nocturnidad a jornada completa nocturna son 538,92 € al mes y la carrera profesional 83,71 € al mes en 14 pagas. Para comparar: una enfermera de un hospital concertado del SISCAT cobra 38.731,12 € anuales de salario base según el DOGC núm. 9615 de 2 de marzo de 2026, unos 8.552 € más al año. Son dos convenios distintos.

¿Cuánto cobra un celador en una clínica privada de Barcelona?

En este convenio el puesto no se llama celador: se llama mozo/a de clínica y está en el grupo 5. El salario base de 2026 es de 1.332,45 € al mes en el nivel 1 y de 1.364,70 € en el nivel 2, o sea 18.654,30 € y 19.105,80 € al año en 14 pagas. El plus de nocturnidad a jornada nocturna completa es de 333,12 € al mes y el SIP de 43,29 € al mes en 14 pagas. Comprueba en tu nómina que te clasifican en el grupo 5 y no en el 10: los importes coinciden, pero la denominación del puesto importa para ascensos, formación y carrera.

Llevo años encadenando contratos de sustitución en la misma clínica. ¿Soy indefinida?

Muy probablemente sí, y conviene revisarlo antes de firmar nada. El artículo 15.3 del Estatuto de los Trabajadores exige que el contrato de sustitución diga el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución, y el artículo 15.1 obliga a especificar con precisión la causa habilitante, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista. Si tus contratos no cumplían eso, o si en realidad cubrías un puesto estructural del centro, el artículo 15.4 es literal: «Las personas contratadas incumpliendo lo establecido en este artículo adquirirán la condición de fijas». Y si además firmaste dos o más contratos por circunstancias de la producción y sumaste más de 18 meses en un período de 24, el artículo 15.5 te convierte en fija directamente. Guarda todos tus contratos, nóminas y cuadrantes.

Se acaba mi contrato de sustitución. ¿Me corresponde indemnización?

Si el contrato de sustitución era válido, no: cero euros. El artículo 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores reconoce 12 días de salario por año a la finalización de los contratos temporales «excepto en los contratos formativos y el contrato de duración determinada por causa de sustitución». Por eso es tan importante comprobar si tu contrato era realmente de sustitución. Y hay un supuesto concreto en este convenio: si sustituías a alguien de baja por maternidad y esa persona enlazó con una excedencia, el artículo 39 prorroga automáticamente tu contrato durante toda la excedencia «sin que sea necesaria ninguna especificación ni aclaración al contrato». Si te cesaron ese día, eso no fue un fin de contrato: fue un despido, y tienes 20 días hábiles para reclamar.

¿La nocturnidad y los festivos cuentan para la indemnización por despido?

Sí, y es el error más caro del sector. El salario regulador es tu salario real, no el de tabla: se suma todo lo que cobras al año por tu trabajo, incluida la parte proporcional de las pagas extra, y se divide entre 365. La nocturnidad es salario (el artículo 28 la define como el 25 % del salario de convenio), y también lo son la antigüedad, los pluses de sábado, domingo y festivo, los festivos especiales, la carrera profesional y el SIP. Un ejemplo con las tablas de 2026: una TCAE de noche con 8 años de antigüedad tiene 26.534,78 € anuales computables, o sea 72,70 € de salario regulador diario. Si la empresa calcula solo con el salario base, sale 57,59 €. En un despido improcedente de 8 años (264 días) esa diferencia son casi 4.000 €. Lo que no computa: plus de transporte, plus de distancia, kilometraje, dietas y comedores.

Mi convenio caducó el 31 de diciembre de 2025. ¿Me sigue aplicando?

Sí. El artículo 6 dice que, una vez denunciado, el convenio «mantendrá su vigencia mientras que no se firme un nuevo convenio que lo sustituya». Es la situación de ultraactividad que el propio acuerdo de 2026 reconoce expresamente. La mesa negociadora del XIII Convenio se constituyó el 21 de enero de 2026 y sigue abierta. Mientras tanto, se te aplican todas las condiciones del XII Convenio (jornada, vacaciones, antigüedad, permisos, preaviso, incapacidad temporal) y las tablas salariales de 2026 aprobadas por el acuerdo parcial de 3 de julio de 2026: +3 % desde el 1 de enero de 2026, más un 1 % adicional el 31 de diciembre de 2026 sin efectos retroactivos.

¿Qué convenio me aplica si mi hospital está concertado con el CatSalut?

Este no. El artículo 1 excluye expresamente los centros que pertenecen al SISCAT. Si trabajas en un hospital de agudos, un CAP, un centro sociosanitario o un centro de salud mental concertados con el Servei Català de la Salut, tu convenio es el de código 79100135012015, cuyas tablas de 2025 y 2026 se publicaron en el DOGC núm. 9615 de 2 de marzo de 2026. Hay un caso intermedio: los centros sociosanitarios y de salud mental que no acreditan ingresos habituales y continuados superiores al 50 % de su facturación procedentes del CatSalut sí entran en este convenio. La forma más rápida de salir de dudas es mirar el código de convenio que figura en tu nómina o en tu contrato.

¿Hay tablas salariales del convenio de sanidad privada de Cataluña para 2027?

No, y no hay ninguna publicada. El acuerdo parcial de 3 de julio de 2026 dice literalmente que los importes acordados «cierran el ejercicio 2026», comprometiéndose las partes a continuar negociando para 2027 y siguientes en función de la vigencia del convenio que finalmente se alcance. Lo único cerrado para el futuro es el incremento del 1 % con efectos del 31 de diciembre de 2026, que en la práctica fija el punto de partida de 2027 pero no es una tabla de 2027. Cualquier tabla de ese año que encuentres circulando es una estimación de alguien, no una cifra pactada.

Fuentes oficiales

Todas las cifras de esta página están transcritas de los boletines oficiales. Puedes comprobarlas tú mismo:

Última revisión del contenido: . Esta página es información general, no asesoramiento jurídico para tu caso concreto.

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