Cómo Calcular el Finiquito: Guía Completa 2026
Aprende a calcular tu finiquito paso a paso. Salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, pagas extras y horas extra según el Estatuto de los Trabajadores.
Cómo Calcular el Finiquito: Guía Completa 2026
El finiquito es la liquidación de la relación laboral que el empresario debe abonar al trabajador cuando finaliza el contrato. Incluye conceptos como el salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, pagas extras prorrateadas y horas extra pendientes. A diferencia de la indemnización, el finiquito siempre se debe pagar, independientemente del tipo de despido.
¿Qué es el finiquito?
El finiquito es el conjunto de cantidades que el empresario debe abonar al trabajador en el momento de la extinción del contrato. Se compone de varios conceptos establecidos por el Artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.
Componentes del finiquito
El finiquito está formado por los siguientes conceptos:
- Salario de días trabajados en el mes
- Vacaciones no disfrutadas
- Pagas extras prorrateadas
- Horas extra pendientes
- Otros conceptos pendientes (dietas, comisiones, etc.)
1. Salario de días trabajados en el mes
Se calcula el salario correspondiente a los días trabajados desde el último día de pago hasta la fecha de extinción.
Fórmula:
Salario pendiente = (Salario bruto mensual / 30) × Días trabajados del mes
Ejemplo:
- Última nómina: del 1 al 30 de enero
- Fecha de finiquito: 15 de febrero
- Salario bruto mensual: 1.500€
- Días trabajados en febrero: 15
Cálculo: (1.500€ / 30) × 15 = 750€
2. Vacaciones no disfrutadas
Las vacaciones no disfrutadas se calculan proporcionalmente a los días transcurridos del año natural.
Fórmula:
Vacaciones = [(Días vacaciones anuales / 365) × Días transcurridos en el año] - Días disfrutados
Ejemplo:
- Vacaciones anuales: 30 días
- Días transcurridos en el año (1 de enero a 15 de febrero): 46 días
- Días disfrutados: 5 días
Cálculo: [(30 / 365) × 46] - 5 = 3,78 - 5 = -1,22 Como el resultado es negativo, no se debe nada por vacaciones.
Ejemplo 2 (con días pendientes):
- Vacaciones anuales: 30 días
- Días transcurridos: 200 días
- Días disfrutados: 8 días
Cálculo: [(30 / 365) × 200] - 8 = 16,44 - 8 = 8,44 días
Para convertir a euros, multiplicamos por el salario diario: 8,44 días × 50€ = 422€
3. Pagas extras prorrateadas
Si el trabajador tiene 14 pagas anuales (dos pagas extras: verano y navidad) y no ha recibido ninguna de las del año, se debe prorratear la parte correspondiente.
Las pagas extras se dividen en:
- Paga de verano: corresponde al periodo enero-junio
- Paga de navidad: corresponde al periodo julio-diciembre
Fórmula:
Pagas extras prorrateadas = (Meses acumulados / 6) × Salario bruto mensual
Ejemplo (extinción el 15 de marzo):
- Pagas anuales: 14
- Meses acumulados en 2026: 2 (enero y febrero) + (15/30) = 2,5 meses
Cálculo: (2,5 / 6) × 1.500€ = 625€
Nota: Si el trabajador cobra 12 pagas (las extras ya prorrateadas en el mensual), no se abona este concepto.
4. Horas extra pendientes
Las horas extra trabajadas y no pagadas se abonan según lo establecido en el convenio colectivo o contrato.
Fórmula:
Horas extra = Importe de horas extra pendientes
Ejemplo:
- Horas extra trabajadas: 12 horas
- Valor hora extra (según convenio): 15€
Cálculo: 12 × 15€ = 180€
Cálculo completo de finiquito (Ejemplo)
Vamos a calcular el finiquito de un trabajador con las siguientes características:
Datos del trabajador:
- Salario bruto mensual: 1.800€
- Pagas anuales: 14
- Vacaciones anuales: 30 días
- Fecha de finiquito: 20 de abril
- Última nómina: 31 de marzo
- Días vacaciones disfrutados en 2026: 3 días
- Horas extra pendientes: 5 horas × 18€ = 90€
1. Salario de días trabajados (1-20 de abril): (1.800€ / 30) × 20 = 1.200€
2. Vacaciones no disfrutadas: Días transcurridos 2026: 31 (ene) + 28 (feb) + 31 (mar) + 20 (abr) = 110 días Vacaciones devengadas: (30 / 365) × 110 = 9,04 días Vacaciones pendientes: 9,04 - 3 = 6,04 días Salario diario: (1.800€ × 14) / 365 = 69,04€ Importe: 6,04 × 69,04€ = 417,01€
3. Pagas extras prorrateadas: Meses acumulados: 3 (ene, feb, mar) + (20/30) = 3,67 meses Importe: (3,67 / 6) × 1.800€ = 1.101€
4. Horas extra pendientes: Importe: 90€
TOTAL FINIQUITO: 1.200€ + 417,01€ + 1.101€ + 90€ = 2.808,01€
Documento de finiquito y liquidación
El empresario debe entregar al trabajador un documento de finiquito y liquidación que detalle todos los conceptos:
- Periodo de liquidación: fechas inicial y final
- Conceptos salariales: detalle de cada concepto
- Base de cotización: para la Seguridad Social
- Total a percibir: suma de todos los conceptos
- Firma del trabajador: reconociendo el pago
Firma del finiquito
Es importante destacar que firmar el finiquito NO significa renunciar a la indemnización por despido. La firma solo reconoce el pago de los conceptos del finiquito (salario pendiente, vacaciones, etc.).
Si consideras que tu despido es improcedente, puedes:
- Firmar el finiquito recibiendo el pago
- Reclamar la indemnización en el SMAC
Retenciones del finiquito
El finiquito está sujeto a retención de IRPF, excepto en estos casos:
- Despido improcedente reconocido judicialmente o en conciliación
- Fallecimiento del trabajador
- Jubilación por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez
Retención estándar:
- IRPF: según tramo impositivo (aprox. 15-30% según salario)
- Cotización a la Seguridad Social: 6,35% por contingencias comunes
Diferencia entre finiquito e indemnización
Es fundamental entender la diferencia:
| Concepto | ¿Cuándo se paga? | ¿Es obligatorio? | ¿Tributa? | |----------|-----------------|------------------|------------| | Finiquito | Siempre al final del contrato | Sí | Sí (salvo excepciones) | | Indemnización | Solo en despido improcedente/nulo/objetivo | No, si es procedente | Exento hasta 180.000€ |
Plazo de pago del finiquito
El empresario debe abonar el finiquito en el momento de la extinción de la relación laboral. Si no lo hace, el trabajador puede reclamarlo mediante:
- Papeleta de conciliación ante el SMAC
- Reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social
El interés de demora se calcula según el tipo legal del dinero vigente.
Errores comunes al calcular el finiquito
- No incluir las pagas extras prorrateadas en contratos de 14 pagas
- No descontar las vacaciones ya disfrutadas del cálculo
- Usar el salario neto en lugar del bruto para el cálculo
- No prorratear los días del mes incompleto correctamente
- Omitir las horas extra trabajadas y no pagadas
- No incluir dietas y comisiones pendientes de pago
Conclusión
Calcular correctamente el finiquito es importante para asegurar que recibes todos los conceptos que te corresponden. Si tienes dudas sobre el cálculo, usa nuestra calculadora de finiquito que incluye todos los conceptos de forma automática.
Recuerda que el finiquito es independiente de cualquier reclamación por despido improcedente que puedas interponer.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio firmar el finiquito?
No es obligatorio firmarlo, pero si no lo haces, puedes reclamar judicialmente el pago. Sin embargo, firmar el finiquito no te impide reclamar la indemnización por despido improcedente.
¿El finiquito tributa en IRPF?
Generalmente sí, el finiquito está sujeto a retención de IRPF. Solo está exento en casos como despido improcedente reconocido judicialmente, fallecimiento o jubilación por incapacidad.
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar el finiquito?
El finiquito debe pagarse en el momento de la extinción de la relación laboral. Si no se paga, puedes reclamarlo con intereses de demora desde el día siguiente.
¿Se pueden prorratear las vacaciones no disfrutadas por más de un año?
No, las vacaciones solo pueden disfrutarse dentro del año natural en que se generan (y hasta el 31 de enero del año siguiente, según jurisprudencia). Las vacaciones de años anteriores que no se disfrutaron normalmente se pierden.
¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con el importe del finiquito?
Si no estás de acuerdo con el cálculo, puedes reclamar la diferencia mediante papeleta de conciliación. Es recomendable no firmar el finiquito hasta revisar los cálculos y obtener el desglose detallado.
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