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¿Me pueden despedir por llegar tarde al trabajo?

4 min lectura

Sí, las faltas repetidas e injustificadas de puntualidad son causa de despido disciplinario. Pero debe haber reiteración y gravedad.

Respuesta detallada

El artículo 54.2.a del ET establece las "faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad" como causa de despido disciplinario. Para que el despido sea procedente: 1) Las llegadas tarde deben ser REPETIDAS (no un hecho aislado). 2) Deben ser INJUSTIFICADAS (si es por causa médica, accidente o problema de transporte público documentado, están justificadas). 3) Debe haber PROPORCIONALIDAD (primero amonestaciones, luego sanciones, luego despido). Tu convenio colectivo puede establecer umbrales específicos (ej: 3 faltas de puntualidad en un mes = falta grave). Si te despiden por impuntualidad sin advertencias previas, impúgnalo. En Barcelona, los juzgados suelen valorar la proporcionalidad de la sanción.

Pasos para actuar en Barcelona

Si necesitas reclamar o tienes dudas sobre tu situación laboral en Barcelona, estos son los pasos a seguir:

Particularidad de Barcelona

Los convenios provinciales de Barcelona suelen tipificar las faltas de puntualidad con umbrales específicos (ej: 3 faltas leves en un mes = falta grave); consulta tu convenio antes de que la empresa aplique sanciones desproporcionadas.

Recursos locales en Barcelona

Conciliación

CMAC — Centre de Mediació, Arbitratge i Conciliació

Carrer de Sepúlveda, 148-150, 08011 Barcelona

Tel: 93 228 57 57

Lunes a viernes, 9:00–14:00

Ver en Google Maps →
Juzgados

Juzgados de lo Social de Barcelona

Passeig de Lluís Companys, 1, 08003 Barcelona

Tel: 93 486 01 00

Lunes a viernes, 9:00–14:00

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