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¿Me pueden despedir durante una excedencia voluntaria?

4 min lectura

Durante la excedencia voluntaria no hay relación laboral activa, por lo que no cabe despido. El derecho es a un reingreso preferente en vacante.

Respuesta completa

Durante la excedencia voluntaria, la relación laboral está suspendida, no extinguida. No puede haber despido porque no hay prestación de servicios. Tu derecho es al reingreso preferente cuando haya una vacante de igual o similar categoría. Si al solicitar el reingreso la empresa te niega el puesto, puedes reclamar. Si la empresa alega que no hay vacante, debe demostrarlo. En la práctica, si hay vacantes y no te reincorporan, se considera un despido improcedente. El plazo para reclamar es de 20 días hábiles desde la negativa de reingreso. En Barcelona, reclama ante el CMAC si la empresa rechaza tu reincorporación.

Pasos para actuar en Barcelona

Si necesitas reclamar o tienes dudas sobre tu situación laboral en Barcelona, estos son los pasos a seguir:

Particularidad de Barcelona

En Barcelona, si al solicitar el reingreso la empresa alega que no hay vacantes, reclama ante el CMAC de Sepúlveda 148-150; los juzgados exigen a la empresa que demuestre la inexistencia de puestos disponibles.

Recursos locales en Barcelona

Conciliación

CMAC — Centre de Mediació, Arbitratge i Conciliació

Carrer de Sepúlveda, 148-150, 08011 Barcelona

Tel: 93 228 57 57

Lunes a viernes, 9:00–14:00

Ver en Google Maps →
Juzgados

Juzgados de lo Social de Barcelona

Passeig de Lluís Companys, 1, 08003 Barcelona

Tel: 93 486 01 00

Lunes a viernes, 9:00–14:00

Ver en Google Maps →

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