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CMAC Barcelona: Conciliación Laboral Paso a Paso

9 min lectura
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Dirección
Carrer de Sepúlveda, 148-150, 08011 Barcelona
Teléfono
93 228 57 57
Horario
Lunes a viernes, 9:00–14:00
Cómo llegar
Ver en Google Maps →

El CMAC (Centre de Mediació, Arbitratge i Conciliació) es el organismo de la Generalitat de Catalunya encargado de la conciliación laboral previa obligatoria antes de presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social. Si te han despedido en Barcelona, la papeleta de conciliación ante el CMAC es el primer paso legal. Aquí te explicamos dónde está, cómo funciona y qué debes llevar.

Consulta con un abogado laboralista

Dirección y datos de contacto del CMAC Barcelona

El CMAC de Barcelona se encuentra en el Eixample, a pocos minutos de la estación de metro Universitat (L1 y L2):

Cómo presentar la papeleta de conciliación

La papeleta de conciliación es un documento donde expones tus datos, los de la empresa, el motivo de la reclamación y lo que solicitas. Puedes hacerlo presencialmente o telemáticamente:

Qué ocurre en el acto de conciliación

El acto de conciliación es una reunión voluntaria donde un mediador del CMAC intenta que trabajador y empresa lleguen a un acuerdo. No es un juicio: no hay sentencia ni obligación de aceptar nada. Si hay acuerdo, tiene fuerza de sentencia. Si no lo hay, se levanta acta de "sin avenencia" y puedes presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. Alrededor del 40% de los casos en Barcelona se resuelven en esta fase.

Particularidad de Barcelona

En Catalunya, la conciliación laboral obligatoria se tramita ante el CMAC (no el SMAC, que es la denominación en otras comunidades). El CMAC depende del Departament d'Empresa i Treball de la Generalitat de Catalunya. Barcelona es la sede con mayor volumen de papeletas de toda Catalunya.

Recursos locales en Barcelona

Conciliación

CMAC — Centre de Mediació, Arbitratge i Conciliació

Carrer de Sepúlveda, 148-150, 08011 Barcelona

Tel: 93 228 57 57

Lunes a viernes, 9:00–14:00

Ver en Google Maps →
Juzgados

Juzgados de lo Social de Barcelona

Passeig de Lluís Companys, 1, 08003 Barcelona

Tel: 93 486 01 00

Lunes a viernes, 9:00–14:00

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio ir al CMAC antes de demandar?

Sí. La conciliación previa ante el CMAC es un requisito obligatorio antes de presentar demanda laboral en Barcelona. Sin el acta de conciliación (con acuerdo, sin acuerdo o intentada sin efecto), el juzgado no admitirá tu demanda.

¿Puedo ir al CMAC sin abogado?

Sí, puedes acudir al acto de conciliación sin abogado. Sin embargo, si la empresa lleva representación legal, es recomendable que tú también cuentes con un abogado laboralista para negociar en igualdad de condiciones.

¿La papeleta de conciliación suspende el plazo de los 20 días?

Sí. Desde el momento en que presentas la papeleta de conciliación, se suspende el plazo de 20 días hábiles para presentar demanda por despido. El plazo se reanuda al día siguiente del acto de conciliación.

¿Puedo presentar la papeleta en catalán?

Sí. El CMAC de Barcelona acepta toda la documentación en catalán y en castellano. Los formularios oficiales están disponibles en ambos idiomas.

¿En qué formato puedo presentar la papeleta de conciliación al CMAC de Barcelona?

Puedes presentarla presencialmente en el registro del CMAC, en Carrer de Sepúlveda, 148-150 (08011 Barcelona), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. También puedes presentarla telemáticamente con certificado digital a través del trámite de la Generalitat. En ambos casos se utiliza el mismo formulario oficial y no necesitas abogado para presentarla.

¿Qué pongo en el "expongo" y en el "solicito" de la papeleta?

En el "expongo" identificas a la empresa y describes la relación laboral: fecha de inicio, categoría profesional, salario con la prorrata de pagas extra, y la fecha y la forma en que te despidieron. En el "solicito" pides que se reconozca la improcedencia del despido y se abone la indemnización que corresponda, o bien la readmisión, además de las cantidades pendientes del finiquito. Cuantifica por separado cada concepto que reclames.

¿Qué pasa si pasan los 20 días hábiles sin presentar la papeleta?

El plazo de 20 días hábiles para reclamar el despido es de caducidad (art. 59.3 ET): si se agota sin haber presentado la papeleta, la acción caduca y el despido ya no se puede impugnar. Las cantidades que te deba la empresa siguen otro plazo: el finiquito y los atrasos prescriben al año (art. 59.2 ET), así que puedes reclamarlos durante ese tiempo aunque el despido haya caducado.

¿Puede presentar la papeleta por mí un abogado que no sea de Barcelona?

Sí. Puedes actuar a través de un representante siempre que acredite la representación, mediante poder notarial o comparecencia apud acta. Puede representarte cualquier abogado, graduado social o persona de confianza, con independencia del colegio en el que esté colegiado.

¿Qué se reclama en una conciliación por despido?

En la papeleta por despido se pide que se reconozca la improcedencia y que la empresa abone la indemnización que corresponda, o bien la readmisión. Si procede, también los salarios de tramitación. Junto a eso puedes reclamar las cantidades pendientes: el finiquito (días trabajados, vacaciones no disfrutadas y pagas extra prorrateadas) y los atrasos. Cada concepto se cuantifica por separado en la papeleta.

¿Qué ocurre si la empresa no se presenta al acto?

Si la empresa no comparece, el acto se tiene por intentado sin efecto (art. 66 LRJS) y puedes presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo de caducidad, que quedó suspendido al presentar la papeleta, se reanuda al día siguiente del acto (art. 65.1 LRJS).

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